VALÈNCIA (EP). La jueza del Juzgado de Instrucción número 3 de Gandia (Valencia) ha acordado el sobreseimiento provisional de la causa en la que investigaba una presunta financiación irregular del PSPV, en relación con la compraventa de un local por la Federación Valenciana de Fútbol a la mercantil Mora Gomar SL -vinculación familiar con la consultora Crespo Gomar, que trabajó para los socialistas valencianos-, subvencionada por el Ayuntamiento de esa localidad.
Así consta en un auto de fecha 11 de marzo, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que la jueza señala que de las diligencias practicadas y de la documental obrante en la causa -no se llamado a citar a nadie en calidad de investigado- no se reúnen suficientes indicios para entender que se haya cometido infracción penal alguna.
Asimismo, en el auto, contra el que cabía recurso, se señala que el fiscal, el pasado mes de febrero, concluyó que el inmueble en cuestión estaba destinado "al uso público para el que se adquirió y su precio de adquisición está dentro del valor que se le otorgaba en la fecha de adquisición, según tasación realizada para la obtención de la hipoteca o muy próximo al mismo, según informe de tasación realizado por el agente de la propiedad inmobiliaria".
Ese informe se realizó en atención a los inmuebles que se han podido recabar "dada la escasez de los mismos, y con los matices oportunos que ello conlleva", según consta en este documento, "no existiendo o no habiéndose apreciado, por otra parte, ninguna irregularidad en el procedimiento administrativo para el otorgamiento de la subvención, en cuya tramitación intervinieron diversos órganos compuestos por representantes" de los diferentes grupos municipales, que votaron "de forma unánime o sin que existiera oposición por ninguno de ellos para el otorgamiento y aprobación de la subvención".
La causa partió de la inhibición acordada por el Juzgado de Instrucción número 21 de València que recibió una información por presunta financiación irregular en 2007 de PSPV y Bloc, y que remitió a instancias judiciales de Madrid y Benidorm, además del de Gandia, al considerar que no tenía competencia para llevar a cabo esa investigación.
De momento, en los juzgados de Madrid, Fiscalía y Abogacía del estado pidieron en diciembre el sobreseimiento de la causa relativa a presuntas irregularidades en el contrato de publicidad concedido por el Ministerio de Vivienda a la empresa Crespo Gomar -investigada en el número 24- mientras que el 43 archivó en noviembre la causa por el contrato del de Sanidad con esta misma agencia.
El pasado septiembre la jueza de Gandia había acordado ampliar en 18 meses la investigación de la causa, abierta por un supuesto delito de malversación y prevaricación, al declararla compleja.
La investigación inicial del primer juzgado apuntaba a que el Ayuntamiento de Gandia habría subvencionado la mitad de la adquisición de un inmueble que la Federación de Fútbol de la Comunitat compró en el año 2009 por importe de 525.000 euros, con lo que pagó 257.000 euros.
Ese inmueble, de acuerdo con las anotaciones registrales, inicialmente pertenecía a la mercantil Antoni Gomar S.L., administrada por el padre de Alberto Gomar Pascual, Antonio Gomar Martínez (exteniente alcalde de Gandia).
En 2003, el local se entregó como aportación para la constitución de otra nueva sociedad, Antonio Gomar Martínez S.L., mercantil que se constituyó con participación de una sociedad administrada por Gema Gomar Pascual, hija del exconcejal y hermana del anterior.
En el año 2006, el local se vendió por 280.000 euros a Mora Gomar, empresa administrada por el marido de Gema Gomar, y tres años después lo adquiere por los 525.000 euros la Federación, un precio "muy superior" al de 2006.
Según constaba en el auto de inhibición del primer juzgado, teniendo en cuenta la participación del Ayuntamiento en la compra al haber subvencionado la misma por importe de 257.000 euros, el importe del precio, casi el doble por el que fue adquirido, y el propietario del mismo, se entendió pertinente una tasación pericial del valor que en el mercado tenía el local comprado por la Federación en la fecha de su adquisición.
Sin embargo, el fiscal considera que el precio de adquisición "está dentro del valor que se le otorgaba en la fecha de adquisición", según la tasación realizada y sin que se haya apreciado irregularidades en el procedimiento administrativo para otorgar la subvención.