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La UPF exige que se cumpla la norma sobre las obligaciones de mantenimiento de los DESA en las sedes judiciales

19/10/2019 - 

VALÈNCIA. Las reacciones por la falta de transparencia y la omisión de información de la Conselleria de Justicia "en materia de prevención de riesgos laborales" en la Ciudad de la Justicia de València, después de que el desfibrilador de las instalaciones fallase y el pasado jueves falleciera por parada cardiorrespiratoria un hombre que iba a ser juzgado, no se han hecho esperar.

La Unión Progresista de Fiscales, asociación de fiscales a la que pertenecía la titular de Justicia, Gabriela Bravo, mientras fue fiscal, recordó este sábado en un comunicado que el art. 43 de la Constitución Española reconoce el derecho a la protección de la salud y declara que compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública, a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios y uno de ellos, sin ninguna duda lo constituye la instalación de los desfibriladores semiautomáticos externos- DESA- en las instalaciones públicas. También explican que el mantenimiento de los mismos depende de las Comunidades Autónomas.

El Real Decreto 365/2009, de 20 de marzo, que establece las condiciones y requisitos mínimos de seguridad y calidad en la utilización de los DESA , dispone en el art. 3 que estos deberán ser mantenidos adecuadamente, de forma que conserven la seguridad y prestaciones previstas durante su periodo de utilización correspondiendo a las Comunidades Autónomas establecer, de acuerdo con sus competencias, los mecanismos de inspección y control oportunos para asegurar su mantenimiento y conservación (arts. 3 y 7). Por lo que se refiere a la Comunitat Valenciana, es el Decreto 159/2017, de 6 de octubre, del Consell,  el que regula la instalación y uso de desfibriladores automáticos y semiautomáticos externos fuera del ámbito sanitario, así como el control de su mantenimiento y funcionamiento.

Y la UPF dice en la nota que "a la vista de lo acontecido y, con independencia de lo que resulte de la investigación que se lleva a cabo de las causas que motivaron el fallo del desfibrilador, y la UPF exige a las autoridades autonómicas competentes el cumplimiento de esa normativa con expresa referencia a las facultades y obligaciones de control de mantenimiento y funcionamiento de los DESA en las sedes judiciales en las que un número ingente de profesionales y usuarios de la justicia acuden diariamente, todo ello a fin de evitar situaciones como la mencionada y garantizar el derecho a la protección de la salud de todos los ciudadanos en tales instalaciones".

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