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La fiscalía lo atribuye a la precariedad y el repunte de la construcción

Las muertes en accidente laboral crecen un 21% en la provincia de València

7/09/2019 - 

VALÈNCIA. La memoria de 2018 la Fiscalía Provincial de Valencia sobre siniestralidad laboral deja unos datos preocupantes, muy preocupantes. Según los datos entregados por el fiscal decano del ramo Jaime Gil, el total de accidentes mortales en jornada de trabajo en la provincia de València, fue de 35 trabajadores en el periodo indicado (2018), seis más que en el periodo precedente, lo que supone un aumento del 20,7 %. El índice de incidencia de los accidentes mortales fue de 4,3 casos por cada cien mil trabajadores expuestos, con un incremento del 15,1%. 

Estas cifras son más de dos puntos superiores que el computo global de la Comunitat Valenciana, donde el aumento del número de fallecidos fue del 18%.

El fiscal Jaime Gil explicó a Valencia Plaza que "hay que asumir que el incremento se debe al sector de la construcción y, por tanto, no hay que bajar la guardia en la prevención laboral". Este sector incrementó el número de trabajadores desde que terminó la crisis, aunque el porcentaje global del sector sea menor a otros, ya que en años anteriores el número de fallecidos era mucho menor al no haber obras. "Lógicamente hay que pensar que hay que seguir apostando en prevención, sobre todo cuando incrementamos el número de contratos", apostilló el fiscal.

Por sectores, en los accidentes mortales el índice de incidencia se distribuye de la siguiente manera por cada cien mil trabajadores: en el sector Agrario es 17,3; en la Industria es 7,6; en la Construcción, 4,9, y en Servicios es 3. La Industria manufacturera con 10 casos (28,6%) ocupa el primer lugar. La sección de Transporte y Almacenamiento, con 7 casos (20%), ocupa el segundo lugar y la de Agricultura y la de Comercio al por mayor con 5 casos cada una (14,3%) ocupan el tercer y cuarto lugar. Estas cuatro secciones económicas representan el 77,2 % del total de los casos.

Foto: MARGA FERRER

En cuanto a la forma de fallecimiento, según la memoria a la que ha tenido acceso Valencia Plaza, de los 35 casos registrados, doce, es decir, el 34,3 % de los casos, fueron patologías no traumáticas (accidentes cardiovasculares); siete casos, el 20%, fueron accidentes asociados al tráfico, y el resto, es decir, 16 casos, fueron accidentes traumáticos, que representan el 45,7%.

Los contratos

Otro tema nada baladí es el tipo de contratos que se formalizan. Tal como se expone en la memoria, la temporalidad caracteriza a más del 80% de los nuevos contratos firmados cada año. La alta rotación de contratos de corta duración -el 40% dura menos de un mes- o la subcontratación de empresas sin la observar la normativa de coordinación de actividades empresariales entre otros, está impidiendo, a juicio de la Fiscalía, que se apliquen adecuadamente los planes y programas preventivos, lo que acaba menoscabando la salud de trabajadores y trabajadoras. Y todo ello, según Gil, es clave para el número de siniestros laborales se incremente.

Jaime Gil expone, con respecto a lo anterior, que "lo que tenemos que conseguir es que el trabajo debe ser digno, decente y de calidad porque a menos estabilidad, menos formación y, por tanto, más riesgo de siniestralidad".

Sobre este tema, el fiscal explica que, uno de los principales retos para evitar en muchas ocasiones la siniestralidad es la coordinación de actividades empresariales, y dice que aunque ya sólo por utilidad, "debería haberse impuesto, y lleva años establecida, la obligatoriedad, la coordinación respecto a la prevención de los riesgos laborales cuando en un mismo entorno coexisten actividades de distintas empresas", pero al mismo tiempo explica que "sigue estando poco aplicada o en determinados casos solo como cumplimiento formal".

Al final, expone, lo que se necesita es que estén controlados los riesgos laborales con independencia de quién pueda generarlos o a quién puedan afectar, y que "todo el personal sea conocedor de todos los riesgos que puedan afectarles y que conozcan las medidas preventivas a considerar y dispongan de los medios para hacerlo".

Falsos autónomos

Entre los temas destacados de la memoria se encuentran los conocidos como falsos autónomos. En cuanto este tema, expone Jaime Gil que actualmente "nos encontramos con ciertas prácticas empresariales fraudulentas que buscan ventajas económicas, como la contratación de nuevos trabajadores mediante la figura del 'falso autónomo', que ocurre principalmente en profesiones liberales como transportistas, clara generadora de riesgos y accidentes".

Sobre este tipo de trabajadores dice que es aquel que, "a pesar de ser contratado como autónomo mediante contrato mercantil, desarrolla su actividad en las condiciones laborales de un trabajador por cuenta ajena, pero sin la protección de los derechos laborales y asumiendo ciertos costes como la cuota de autónomos". Y, por tanto, "si este trabajador está supeditado a las órdenes del empresario, a su horario, tareas, etcétera, faltaría la independencia que califica a un autónomo".

Por tanto, explica el decano de la sección de Siniestralidad Laboral que, este tipo de contratación, "solo aporta ventajas para la empresa, ya que no paga sus cuotas a la Seguridad Social - el propio autónomo lo realiza bajo su régimen especial-, no tiene vacaciones pagadas ni permisos retribuidos, no percibe un salario fijo ni pagas extraordinarias -sino pagos mediante factura, totalmente deducibles-, y en caso de extinción del contrato, no existe indemnización por despido ni prestación por desempleo". Y concluye que todo ello supone un "fraude de ley con graves consecuencias para la empresa empleadora", y que lo primero que hay que hacer es denunciar ante la empresa empleadora.

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