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LA ORDEN MINISTERIAL EN EXPOSICIÓN PÚBLICA NO INCLUYE AL SECTOR EN EL LISTADO DE BENEFICIARIOS 

Las fritas y esmaltes se quedan fuera del borrador de las ayudas al gas del Gobierno

10/02/2023 - 

CASTELLÓ. El Ministerio de Industria ha sometido a exposición pública la orden que articula las ayudas a los sectores gasintensivos pero siguen quedando fuera las fritas, esmaltes y colores cerámicos del listado de beneficiarios. Pese a que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció el pasado 31 de enero que enmendarían el listado inicial para incluir a las fritas y esmaltes o al textil, la orden elaborada por el Ministerio sigue sin incluir en la relación de beneficiarios a estos sectores. 

Según se recoge en el anexo de la orden, el Gobierno contempla 25 CNAEs como sectores intensivos en el consumo de gas susceptibles de ser subvencionados, los mismos 25 sectores iniciales que se publicaron en el Real Decreto el 27 de diciembre. 

El Consejo de Ministros puede modificar el listado

De hecho, en la memoria de la orden se reconoce que el listado de sectores procede del anexo del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre. Sin embargo, abre la puerta a la inclusión de otros CNAE, "el artículo 59 de ese real decreto-ley permite la modificación del listado mediante acuerdo del Consejo de Ministros. Por ello, en cada convocatoria de estas ayudas se reproducirá el listado actualizado". Por el momento, todavía no se ha aprobado mediante el Consejo de Ministros la inclusión de estas industrias en las ayudas a gasintensivos.

La patronal de fritas y esmaltes, Anffecc, ya mostró su "gran decepción" por haber quedado fuera de los beneficiaros en un primer momento y lamentó que se hubiese producido "el mismo error" de nuevo. Y es que cabe recordar que en el anterior decreto de ayudas el 6/22 ya se dejó fuera a este sector, algo que posteriormente tuvo que enmendarse con una ampliación de las ayudas. 

Criterios de elección de los CNAE

Según argumenta el Ministerio, la elección de estos 25 sectores se ha elaborado en base a estos criterios: se han considerado que pueden ser subvencionables aquellos sectores con una ratio de consumo de gas natural a valor añadido bruto superior 2,8 kWh/€. Posteriormente, se ha excluido a aquellos sectores que han tenido la capacidad de repercutir el aumento de los precios energéticos en los precios de sus productos. Se ha determinado que estos sectores son aquellos cuyo índice de precios industriales (IPRI), publicado por el INE, acumulado entre 2019 y 2022 es superior al 50%. Se ha excluido a aquellos sectores cuyo excedente bruto de explotación (EBE) aumentó en 2022 por encima del 30% con respecto al de 2021. Por último, se han eliminado los sectores que causan un perjuicio significativo al medio ambiente.

Por lo pronto, el plazo para presentar alegaciones está abierto hasta el próximo 3 de marzo. Será a partir de entonces cuando se conocerá de manera definitiva las industrias que tendrán la opción de recibir parte de los 450 millones de euros.

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