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 acordada en la comisión parlamentaria de Justicia

Les Corts piden revisar y actualizar las remuneraciones de algunas actuaciones del turno de oficio

5/10/2017 - 

VALÈNCIA. (EFE). Les Corts Valencianes han acordado hoy por unanimidad pedir que se revisen y actualicen las remuneraciones de algunas actuaciones del turno de oficio para que se ajusten al baremo de 2005, y que se incorporen aquellas que no están siendo abonadas desde 2005 por no estar contempladas en ese baremo.

La propuesta, acordada en la comisión parlamentaria de Justicia, Gobernación y Administración Local a partir de una proposición de Podemos, también plantea actualizar los módulos de compensación económica conforme el IPC desde 2005, de conformidad con las disposiciones presupuestarias.

La iniciativa recuerda que algunas actuaciones se remuneran por debajo del baremo de 2005, como los juicio rápidos sin conformidad, que pasan de 281 a 180 euros; los realizados con conformidad, que pasan de 241 a 120 euros, o los procedimientos contenciosos de familia, que han pasado de 350 a 330 euros.

También pide incluir en el baremo nuevas actuaciones no están contempladas y por tanto carecen de remuneración, como por ejemplo, las fotocopias de expedientes judiciales, desplazamientos a comisarias o centros penitenciarios, indultos, visitas a centros de menores o a CIE, y algunos recursos, entre otras muchas.

Los parlamentarios instan a elaborar de manera consensuada con los colegios oficiales de Abogados y de Procuradores las revisiones cualitativas y cualitativas de los baremos para sus profesionales del turno de oficio, con el fin de equiparar las retribuciones de estos abogados a las de la media del resto de comunidades autónomas o del territorio común.

La iniciativa reclama, además, que se elabore y publicite un calendario de pagos al turno de oficio que sea vinculante para la Administración, y que se eliminen las designaciones provisionales a los asuntos de urgencia.

Asimismo, recoge que los servicios prestados por los abogados del turno de oficio deben ser abonados por el Consell, de conformidad con los baremos, desde el momento en el que son designados, aun cuando posteriormente se deniegue el beneficio de justicia gratuita y sin prejuicio del derecho de repetición de la Administración frente al ciudadano.

También se pide que se elimine la necesidad de sellar los talones, por el retraso que ello comporta, dado que, según explica el texto, se ha de adjuntar la resolución judicial correspondiente para el abono de la actuación de que se trate. 

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