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ELISEO MARTÍNEZ / ESPECIALISTA EN PROPIEDAD INTELECTUAL

“Lo novedoso no es el mercado, sino la forma en la que se ponen en contacto la oferta y la demanda”

30/10/2015 - 

VALENCIA . Entre la economía colaborativa y el comercio digital, los modelos de negocio emergentes como Airbnb y Zipcar han revolucionado las relaciones entre productores de servicios y consumidores en el terreno del alojamiento y el transporte de viajeros. Bajo la rúbrica Modelos de negocio en línea perjudiciales, los desafíos en el marco normativo ocuparon ayer una de las comisiones celebradas con motivo del Congreso anual de la Unión de Internacional de Abogados, en la que participó como ponente el letrado madrileño Eliseo Manuel Martínez, perteneciente al despacho procesalista Ius + Aequitas Abogados, especializado en propiedad intelectual y nuevas tecnologías.

- ¿Los modelos de negocio en línea son una patata caliente para la legislación?

- Como consecuencia del fenómeno de Internet y la posibilidad de poner a oferta y demanda en contacto de modo más ágil, cambia el statu quo. Los taxistas, por ejemplo, tienen una normativa perfectamente regulada de su actividad con la que todos estábamos cómodos, y era imposible pensar que pudiéramos subir a un coche que no conocíamos, porque el autostop era absolutamente residual. Ahora una plataforma que me deja saber al otro quién soy y a mí quién es él, con unas ciertas garantías, y permite que comparta costes del trayecto y decida qué hago. Empieza una batalla entre un sector que emerge y el sector establecido, y ahí es donde el legislador debe definir y, mientras lo hace y no lo hace, surgen problemas que acaban en los tribunales de justicia y en situaciones en las que se aplican normas que no estaban pensadas para esas nuevas situaciones, o quizá se alargan las normas para dar cabida a estas mismas, entrando en un ámbito de mayor discrecionalidad.

- ¿Se puede hablar de un nuevo mercado?

- Lo novedoso no es tanto el mercado como la forma en la que se ponen en contacto la oferta y la demanda, que dejan de pasar necesariamente a través de un agente, como pasa en el campo de las viviendas de uso turístico, ahora tan debatido. Alquilar casas por días se ha hecho en España de hace mucho tiempo. Las primeras normas son de 1967. Manuel Fraga ya decía que era el nuevo modelo de turismo en el ámbito familiar para compartir el espacio en vacaciones. Lo inquietante es que las plataformas han provocado que una oferta y una demanda que antes eran muy difíciles de cuajar –antes había que conocer a quien te iba a alquilar el piso--, ahora se puede ir a cualquier sitio del mundo sin conocer a nadie ni haber estado nunca en el lugar y alquilar una casa cruzando solo unos correos. La facilidad de encontrar y ofrecer en cualquier servicio a través de esas páginas web especializadas que ponen en contacto oferta y demanda y genera problemas de competencia.

- ¿Cómo valora la postura de España ante casos como la prohibición del servicios de Uber?

- Es difícil hablar de Uber porque solo tenemos una resolución judicial fundada que explica su razonamiento de que se trata de una actividad reglada. El silogismo judicial es claro: hace falta una licencia, y si realiza la actividad sin la licencia, es intrusismo y se cierro. El asunto está en si esa norma estaba pensada o no para aplicarse a ese caso. El problema no está en la parte judicial, sino en la legislativa. Eso se ve mucho mejor en el sector de las viviendas de uso turístico. La historia empieza con el cambio de la normativa de arrendamientos urbanos, con el que el alquiler por día de las viviendas deja de ser un derecho civil, sino un derecho turístico autonómico, y empieza a haber normativas turísticas de imposible cumplimiento, como consecuencia de un sector de presión, el hotelero, que teme en esta modalidad de negocio perder parte de su cifra de beneficios, bajo la apariencia de exigir requisitos positivos para el turismo, pero lo que hace en realidad es exigir requisitos de imposibles de cumplir.

- ¿Cuáles son los riesgos de prohibir?

- La prohibición constriñe la oferta. Limita la competitividad y plantea problemas de competencia, y es por eso que la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia está emitiendo muchos informes y requerimientos. Al prohibir se crea una economía a la que luego se la acusa de sumergida, cuando debe pasar por abrirse a una demanda que existe y es favorable, porque la generalidad de la ciudadanía quiere alquilar sus casas por días y visitar países viviendo en casas de otros propietarios. Pero entendemos que es un modelo distinto de negocio, y tenemos muy claro cuándo nos vamos con nuestra pareja a un hotel de fin de semana en la playa, y cuando nos vamos con nuestros hijos a París a un barrio a comprar el cruasán por la mañana y a vivir como si fuéramos de allí.

- ¿Hace falta una consulta pública en España sobre la legislación de este tipo de servicios?

- Si es o no es conveniente, es otra cosa. No es necesario porque nuestra normativa no lo exige, pero cosa distinta es que se quiera conocer la opinión de la población.

- Algunos analistas afirman que este modelo de negocios anula las normativas de los países basándose en su popularidad. ¿Estas nuevas plataformas están por encima del bien y el mal?

- Es normal y legítimo que genere la simpatía de la población, porque indudablemente está democratizando los beneficios de cualquiera de esas actividades. Todos pueden entrar en ese mercado con muy poca estructura, con una barrera de entrada muy pequeña, y eso baja los precios, genera mayor competencia y permite mayor libertad a los ciudadanos en sus actuaciones esas actuaciones. Pero el derecho está para cumplirse y la democracia se juega dentro de sus normas. Si hay algo que no funciona, existen mecanismos perfectamente definidos para conseguir que eso funcione, y para eso estamos los abogados, los programas de justicia y los Parlamentos. Nadie debe considerarse por encima del bien y el mal, todos estamos sometidos al imperio de la ley y cualquier actuación al margen debe ser objeto de repulsa por cualquier ciudadano con convicciones democráticas. Es cierto que en ciertas situaciones que hay sombras, pero no es que vayan contra la ley, sino que actúan en marcos sin una regulación específica y no se les puede aplicar normas de forma analógica, porque están pensadas para otros supuestos, y se quedan en situaciones grises de vacío legal.

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