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Los pisos turísticos recurren el Plan Especial de Ciutat Vella

9/07/2020 - 

VALÈNCIA. La Asociación de Viviendas de Alquiler para Estancias Cortas (AVAEC) recurrirá el Plan Especial de Ciutat Vella (PEC) aprobado por el Ayuntamiento de València y que entró en vigor el pasado mes de marzo. El planeamiento aprobado por el consistorio desde el área de Urbanismo pone diversas restricciones a la implantación del uso turístico en la almendra central de la ciudad y concretamente con las viviendas turísticas. Medidas que se consideran excesivamente restrictivas, e incluso prohibitivas y agravantes respecto a los hoteles.

Así lo ha anunciado este jueves la AVAEC, quien ya había venido advirtiendo en los últimos meses al asegurar que los miembros de la asociación se habían sentido "ninguneados" por el consistorio en la elaboración de este Plan Especial. El Plan establece diferentes zonas y subzonas con distintas limitaciones en cuanto a locales hoteleros y apartamentos turísticos y que están sobre el plano en este documento.

El PEP diferencia, por un lado, entre el uso hotelero -hoteles, hostales, pensiones y apartamentos en régimen de explotación hotelera- y el uso de vivienda turística -una vivienda completa que se destina a fines turísticos-. Y además, clarifica la distinción entre una vivienda turística 'profesional' -situada en un bloque completo con este tipo de pisos- y la 'temporal' -la vivienda habitual de un propietario que, hasta 60 días al año, decide alquilar con fines turísticos y que precisará del permiso de la Comunidad de Propietarios-.

Así, el área de mayor influencia es la de predominancia residencial, que impregna buena parte del centro. Concretamente, los barrios de El Carme, La Seu, La Xerea y El Mercat (color gris en el mapa inferior). Aquí quedará prohibido generalmente todos los usos hoteleros y las viviendas turísticas profesionales. Sí permitirá que, en un futuro, se puedan implantar nuevas viviendas turísticas temporales, siempre en edificios residenciales y mixtos, y por encima de los usos no residenciales. Será en un futuro porque el PEP aplaza este permiso hasta que exista una ordenanza propia de apartamentos turísticos. Así que, por ahora, los nuevos pisos turísticos 'temporales' estarán prohibidos en toda Ciutat Vella.

Plano de los diferentes usos de Ciutat Vella según el PEP.

El barrio de Sant Francesc, el más comercial, por contra, no tendrá tantos límites. Es donde se concentra el área de predominancia terciaria (color cian en el mapa superior), que sí permite nuevos hoteles y viviendas turísticas profesionales, pero estas últimas a una distancia mínima entre bloques de 150 metros. Las temporales, por su parte, se rigen por las mismas normas que en el resto de Ciutat Vella.

Fundamentalmente en Sant Francesc también existen edificios que ahora mismo ya son mixtos, es decir, que conjugan usos residenciales con usos terciarios -por ejemplo, oficinas-. Aquí, el nuevo Plan lo que hace es limitar que los usos terciarios no puedan superar la mitad del suelo construido en la parcela en cuestión, de manera que el uso hotelero entra en esta restricción. Este en concreto, además, deberá situarse siempre por encima del resto de usos terciarios, y por debajo de viviendas.

Y también esta zona eminentemente comercial aglutina la mayoría del área de terciario exclusivo (color violáceo del mapa), donde se veta completamente las nuevas viviendas turísticas y se permiten los hoteles y establecimientos similares siempre que se ubiquen en edificios de uso exclusivo. También lo podrán hacer en edificios que compartan con otros usos terciarios, como oficinas, comercios o locales recreativos, pero siempre por encima de ellos. En el caso de estar en la misma planta, el establecimiento hotelero deberá contar con accesos a la calle independientes.

A los llamados edificios singulares se les da de comer a parte. Son algunos de los coloreados con violeta que se encuentran repartidos por todo el casco histórico y se trata de edificaciones señoriales o palaciegas, o de arquitectura religiosa, y difícilmente adaptable para uso residencial. Por ello, el PEP permite que, a cambio de rehabilitarlos y mantenerlos, en ellas se implanten usos terciarios, ya sean comerciales, oficinas u hoteles, pero nunca viviendas turísticas, y siempre requerirá del visto bueno de la Comisión de Patrimonio consistorial.

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