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tribuna libre / OPINIÓN

Neutralidad de la ampliación del puerto en el litoral sur de Valencia

6/03/2024 - 

Ante la magnitud económica del perjuicio que causaría una suspensión cautelar del proyecto de ampliación y un posterior y dilatado proceso judicial, caso de seguir adelante el recurso, convendría que el TSJCV solicitara una caución suficiente a la plataforma Comissió Ciutat-Port.

Han tardado poco, tres días, en darme la razón y validar  los argumentos que expuse en mi anterior artículo titulado "Valencia, centro de progreso", con la presentación ante el TSJCV de un recurso solicitando la "suspensión de la ampliación del puerto de Valencia" por parte de La Comissió Ciutat-Port, que ha sido admitido a trámite.  

Esta comisión o plataforma, llamada Comissió Ciutat-Port, cuya página web he tenido que traducir del catalán, por cierto, página web de lo más simple y pueril, pues consta de cinco entradas brevísimas (inici, qui som, pe qué, saber més y dóna, que no juntan más de 1.500 palabras en total) está formada, según dice, "per col·lectius  veïnals, ecologistes i sindicals de la zona de València i àrea metropolitana, poblats marítims i l’Horta", sustenta su recurso en tres argumentos principales, a saber:

-De llegar a iniciarse las obras y previendo que el proceso judicial pudiera dilatarse, podrían provocarse daños irreversibles en las playas del sur e incluso en el Parque Natural de la Albufera.

-La existencia de diversos informes científicos, como los del Instituto Cavanilles de Biodiversidad y Biología Evolutiva (ICBIBE) de la Universitat de València y el comité científico de la Junta Rectora del Parc Natural de l’Albufera, que confirman que el fenómeno de regresión de playas -el mar cada vez más cerca al lago- es efecto directo de las ampliaciones del puerto.

-La evidencia científica impone la aplicación de la suspensión cautelar interesada y frenar la política de hechos consumados en la que está inmersa la APV.


No es mi intención desmontar este recurso, aunque podría, pues es la APV dentro del plazo de cinco días de que dispone para oponer sus argumentos quien debe defender los intereses de todos los valencianos, y de los señores magistrados del TSJCV resolverlo, pero si me gustaría presentar ciertas consideraciones al respecto.

Foto: MARIAN PARRA

En primer lugar y, ante la magnitud económica del perjuicio que causaría una suspensión cautelar del proyecto de ampliación y un posterior y dilatado proceso judicial, caso de seguir adelante el recurso, convendría que el TSJCV solicitara una caución suficiente a la plataforma Comissió Ciutat-Port; y no solo a la plataforma, recordemos que está formada por colectivos, sino con una responsabilidad y garantía avalada por cada uno de sus componentes (recordemos que en otras ocasiones ha sido imposible recuperar las garantías dado el carácter colectivista de las plataformas) por un mínimo importe de 600 millones de euros que es la cifra aproximada de la repercusión económica negativa de esta paralización.

En segundo lugar y, al estar sustentado este recurso en la evidencia científica, Comissió dixit,  basada en la existencia de "diversos" informes científicos, aunque de estos solo dos han sido nombrados, he querido informarme de primera mano del contenido de ambos. En el caso del ICBIBE me he dirigido al director del mismo, señor J. Baixeras vía mail, solicitando copia de dicho informe, quien me ha contestado rápida y amablemente: "No tengo constancia de informe científico emitido desde nuestro instituto que fundamente tal recurso". En el caso del comité científico de la Junta Rectora del Parc Natural de l’Albufera, he accedido al mismo vía internet, pero me gustaría destacar unas consideraciones sobre lo que es "evidencia científica".

Comoquiera que la referencia a la evidencia científica es recurrente en los argumentos utilizados para sustentar el recurso presentado, y sin ánimo de devaluar los informes aludidos, es necesario, antes de analizarlos, dictamen y anexo, considerar que:

-Una afirmación no es un hecho, ya que puede que no sea exacta.

-Un hecho no es un dato ya que puede no ser representativo si se cita selectivamente.

-Los datos no son evidencia, ya que pueden no ser concluyentes si se trata de una correlación sin causalidad.

-La evidencia no es prueba ya que puede que no sea universal si se encuentra en un contexto diferente.

-Prueba es la razón, argumento, instrumento u otro medio con que se pretende mostrar y hacer patente la verdad o falsedad de algo.

Es decir, que si no comprobamos la veracidad estamos incurriendo en el llamado sesgo de confirmación, pero pese a comprobarla no es suficiente, ya que nos lleva a la inferencia bayesiana (la información corrobora la teoría pero también puede corroborar teorías opuestas o contrarias), y a causa del sesgo de confirmación no consideramos esas teorías opuestas y así protegemos nuestra teoría personal. Otra consecuencia del sesgo de confirmación es aceptar la información como evidencia. Sin embargo la evidencia es información que respalda una teoría y descarta las demás. Además incluso si los datos son 100% exactos, aún pueden ser engañosos ya que se podría, involuntariamente, haber ocultado información contradictoria, sin recopilarla en primer lugar o sacando conclusiones inválidas a través de datos válidos.

Dicho esto, y pido perdón al lector por la pesadez de lo escrito, es requisito indispensable para que un estudio, dictamen o artículo "científico" tenga validez científica, sea publicado en medio internacional de reconocido prestigio para ser revisado por pares (expertos) y sometido a validación o no. Publicadas las posibles opiniones contrarias y examinadas críticamente las credenciales de los autores, finalmente sea avalado, o no, por la comunidad científica y publicado definitivamente junto con sus revisiones.

En el caso que nos ocupa desconozco si estos dictámenes han sido sometidos a validación por pares, para dar consistencia científica a los mismos, me inclino a pensar que no porque de lo contrario figuraría la reseña oportuna.

Por lo tanto, y en tercer lugar, creo que es interesante y constructivo analizar el contenido del mismo; es relevante subrayar que el Dictamen de la Comissió Científica de la Junta Rectora del Parc Natural de l'Albufera sobre la ampliación del Puerto de Valencia está fechado el 24 de febrero de 2023 y señala tres causas responsables de la modificación de las playas del sur del puerto:

-La creación del puerto de Valencia , obra que se inició a finales del siglo XVIII.

-Un segundo factor clave a tomar en consideración es la aportación de sedimentos por parte del río Turia. Buena parte de las arenas de la restinga proceden originariamente de este río. Ahora bien, la regulación hídrica del Turia ha implicado una disminución importante en el número de avenidas fluviales que llevan agua y sedimento hasta la costa. Además, los embalses y presas existentes en la cuenca fluvial han retenido el grueso de los sedimentos fluviales que el río arrastra desde la cuenca alta y media, interrumpiendo la transmisión natural de estos sedimentos. Este fenómeno es bien conocido, y aunque no se dispone de datos cuantitativos que dimensionen la magnitud del efecto en las playas, sabemos que ha tenido que ser importante.

-Un tercer factor a considerar es el papel de los temporales costeros y la constatación de que han ido haciéndose más frecuentes y con mayor energía. Basándonos en los datos procedentes de la modelización en la red Simar (disponible en el web de Puertos del Estado) se puede observar como la magnitud y frecuencia de temporales en que las alturas de las olas superan los cuatro metros han aumentado de forma llamativa. A pesar de que no podemos estar seguros del todo, pensamos que esta realidad puede estar asociada al efecto del cambio climático y, por lo tanto, tendríamos que esperar que continúe o aumente en las próximas décadas.

Hasta aquí el dictamen presentado para sustentar el recurso señala tres únicas causas a la modificación de las playas del sur del puerto, pero, debido a la falta de rigor científico y a la carencia de datos y comparativas temporales, no es posible establecer el orden de causalidad de los mismos. Por lo indicado en su propio dictamen, la primera y principal causa sería

-El incremento y dureza de los temporales marinos. 60%

-Segunda: la falta de aportes sedimentarios del rio Turia. 25%

-Tercera: el puerto de Valencia. 15%

En el diagnóstico final que se hace en el dictamen, figura en el apartado 3 lo siguiente:

"3. La actuación anunciada por el Puerto de València es una ampliación interior de un muelle que no modifica el perímetro exterior del puerto actual, por lo cual, dado que el límite externo de las instalaciones portuarias no se altera, no hay que esperar ninguna modificación del transporte de arena".

No hay nada más que añadir. Ellos mismos, validando su propio dictamen expresan la neutralidad de la ampliación del Puerto de Valencia en la modificación del litoral sur de la ciudad.

En cuanto al incremento de tráfico portuario y su incidencia en la biodiversidad el propio dictamen reconoce que "los impactos planteados son solo aquellos más probables o que potencialmente tienen un mayor efecto sobre algunas de las especies que requieren legalmente medidas de conservación efectivas".

Por último, el referido dictamen contiene un anexo en el que informa que todo el proceso de extracción de línea de playa se realizó con un algoritmo descrito hace 12 años y posteriormente mejorado. Hombre, doce años, en los tiempos actuales es una eternidad, habida cuenta que en la época de inteligencia artificial en que nos encontramos, un proceso de IA de extracción automática hubiera sido mucho más eficiente y fiable.

No espero que el recurso presentado -y admitido a trámite- por la plataforma en cuestión tenga recorrido, a la espera de la oposición de la APV, que seguro contemplará estos y otros argumentos contundentes y sólidos, pero es indicativo del ambiente reinante entre la izquierda anticapitalista y activismo radical que, lejos de dejarse influir por los sesgos de confirmación, los adoptan y convierten afirmaciones inexactas en evidencias científicas con las que cargan sus armas en pro de una lucha equivocada contra un enemigo común para ellos que es el progreso.

Ricardo Romero es especialista en estrategia de impacto y sostenibilidad

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