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TRIBUNA LIBRE

La peculiaridad de la Ley de Amnistia es como el rayo que no cesa de principio a fin

Publicado: 22/07/2025 ·06:00
Actualizado: 22/07/2025 · 06:00
  • Tribunal Constitucional.
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En sus inicios esta famosa ley no pudo ser presentada como proyecto del Gobierno, entonces en funciones. Aunque visto lo visto podrían hacer lo que quisieran como en tantos otros aspectos jurídicos se está demostrando; o como Maduro hace en Venezuela, país al que de día en día nos parecemos más, no sé si gracias al presidente o al expresidente Zapatero. Pero vamos a la carrera en esa dirección.

Comenzó todo con una proposición de ley del Psoe (que ahora, además, sabemos que se pergeñó en Bruselas por dos imputados) y acaba ahora con una STC que se sostiene (o lo intenta) en el interés general y la convivencia pacífica. No quiero pensar que además del desaguisado en sí, la misma siente precedente, pues todo grupo de delincuentes que se pusieran pesados podría llevarnos a situación similar. 

Aunque es difícil que se produzca una situación similar porque se trata en este caso de quienes ocuparon cargos públicos, situación para la que nuestro constitucionalismo histórico y republicano prohibía expresamente el uso de tan discutido instituto.

Debo discrepar del colega Gordillo (en La Razón, 27 de junio) cuando califica de mutación la última noticia de la sentencia, "aval" de la ley, dictada por el TC mediante sentencia (esperada y conocida por todos de antemano, tal vez pensando que ya nos cogería “mentalizados”). No puede haber mutaciones inconstitucionales, aunque he de reconocer que por este camino ya llevamos algunos años y no es la primera vez que se pretenden extrañas mutaciones. 

Ni siquiera puedo compartir que estemos ante una sentencia “manipulativa” a la italiana. Estas se producen cuando se quiere salvar, aun con dificultades, la Constitución. Pero este no es el caso. Este es solo un empeño de afirmar que, no estando previsto por la Constitución, no queda prohibido. Hay tantas cosas que la Constitución no prevé. Porque ni es una ley sin más, ni mucho menos es un reglamento. Las constituciones no están para entrar en detalles, no hablan del asesinato, ni del fraude, ni de la deslealtad tan frecuente hoy.

La Constitución sienta los grandes principios que han de inspirar el comportamiento ciudadano y, sobre todo, el de quienes ocupan instituciones públicas. Mutación sería si nos empeñáramos en justificar todo lo que hacen los partidos políticos (como botón de muestra más conocido, el siempre inaplicado art. 67.2). Respecto de este precepto he reivindicado recientemente la falta de una libertad tan básica como la de conciencia y de pensamiento en cualquiera de nuestros representantes. ¡Qué fuerte, que no tengan libertad tan esencial¡, pero más grave es el por qué no la tienen: la venden por un sueldo.

Desconocen estos Sres. (y Sras.) que los derechos fundamentales y las libertades públicas son inalienables. ¿Cómo van estos a representarnos en un régimen democrático cuando cobran solo por estar callados? También pudiera ser que no tengan la formación suficiente para conocer la Constitución; ojalá fuera así, pero ello no puede ser teniendo yo más de un discípulo en el Congreso y en el Senado. No me lo perdonaría, aunque también tengo algún ministro, pero a estos no les reconozco una función tan sagrada como la representativa.

Quien vende su hacienda por un plato de lentejas tiene hambre. Pero ¿qué tienen nuestros representantes? No puede ser todo ignorancia, ni todo es ideología, ni solo ambición. Creo que es falta de pudor, de decoro y orgullo por su extraordinario papel de legisladores y de personas ejemplares. ¿O es que la ejemplaridad se inventó solo para el Jefe del Estado? ¿Tan simple es la ejemplaridad que solo se aplica al anterior Rey y él solito la agotó?

Me gusta mucho como Hesse definió, entre tantos modos de calificar los regímenes, la actitud de los políticos y en especial de los representantes: no es posible un régimen democrático con visión unilateral de la vida, sin pluralismo ni posible alternancia, porque no basta con la ambición de poder. Tanto o más que ello necesitamos la ambición de Constitución.

Por ello se consolido en la 2ª postguerra  la teoría de Kelsen formulada en entreguerras sobre el guardián de la Constitución. Y lo que nos acaba de pasar no es una mutación, es que nos hemos quedado sin guardián. Betancor (El Mundo, 27 junio) lo ha dicho en cierta forma eufemística: "El Tribunal, que debía ser muro de contención, se ha convertido en caja de resonancia". Querido amigo, no se ha convertido en nada porque ya no existe.

Remedio Sánchez Férriz es catedrática de Derecho Constitucional de la Universitat de València

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