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El nuevo convenio colectivo de BME incluye un alza salarial del 3,7% para 2024

27/08/2024 - 

VALÈNCIA (EP). El nuevo convenio colectivo de las empresas vinculadas a Bolsas y Mercados Españoles (BME) incluye un alza salarial del 3,7% para 2024, mientras que para 2025 y 2026 será el IPC anual con un límite del 5%, según el texto que se ha publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El convenio, que ha sido rubricado por los sindicatos CCOO y UGT, es de aplicación a todas las empresas que conforman el holding de BME, incluyendo BME Clearing, MEFF Tecnología y Servicios o Iberclear, entre otras. El periodo de vigencia se extiende desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2026.

Con respecto a revisiones anuales salariales, el texto recoge una revisión en enero de 2024 ante la posibilidad de que el IPC anual de 2023 se situase por encima del 3,7%, con un límite de hasta el 4,5%, algo que finalmente no ha sucedido porque la inflación en España se situó en el 3,1% el pasado año.

Para 2025 y 2026 se limita el incremento automático del IPC anual en un 5%. En caso de que el IPC exceda de esa cifra, la dirección y los sindicatos iniciarían conversaciones para establecer otros posibles mecanismos que compensasen el exceso de inflación.

En cuanto al incremento salarial del plus de convenio, el texto señala que será el resultante de aplicar las subidas salariales anteriores. Para 2024, el plus se ha establecido en 4.025,42 euros al año, una cifra que se actualizará en 2025 y 2026.

Se ha establecido una ayuda de comida por jornada de trabajo de 11,35 euros para 2024 y de 12 euros para 2025 y 2026, mientras que el plus de distancia ha quedado fijado en 194,62 euros para 2024. Cuando estén disponibles, se publicarán los datos actualizados para 2025 y 2026.

Además, entre otras cuestiones, se ha acordado establecer un plan de pensiones de promoción conjunta con una aportación definida anual de 500,01 euros por empleado y año, independientemente de las aportaciones individuales que realice cada trabajador.

El convenio también recoge una jornada laboral de 37 horas y 30 minutos semanales, desarrollada de lunes a viernes, de tal forma que la jornada anual para las compañías afectadas será de 1.672,50 horas de trabajo efectivo.

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