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OCU denuncia que las ayudas para afrontar el pago del alquiler aún no se han puesto en marcha

27/05/2020 - 

VALÈNCIA. OCU denuncia que, a pesar del anuncio y publicación de las ayudas destinadas para los arrendatarios, aún no se han hecho del todo efectivas a día de hoy. El Gobierno anunció dos tipos de ayudas para el pago de las rentas: el acceso a unos préstamos bonificados y avalados por el ICO, y la concesión de ayudas directas por parte de las comunidades autónomas. Pero hasta la fecha, la efectividad de estas ayudas es prácticamente nula, según OCU.

Para cubrir una dificultad puntual de pago que pudieran atravesar aquellos inquilinos considerados vulnerables, el Real Decreto-ley 11/2020 de 31 de marzo de 2020 estipuló como posibilidad, recurrir a préstamos bancarios sin intereses, avalados por el ICO. Estos préstamos se conceden al inquilino, que es quien se compromete a su devolución, pero el dinero se ingresa directamente en la cuenta del arrendador, para el pago de las rentas. 

El problema es que los bancos deben adherirse a un convenio con el ICO para ofrecer estos préstamos. Estas adhesiones se hacen a cuenta gotas y por el momento en la página web del ICO figuran sólo estas entidades: Caja Onteniente, Caja Pollença, Laboral Kutxa, Bankoa, Abanca, Unicaja, Liberbank y de reciente incorporación, Cajamar. Como ha podido comprobar OCU, no se ha adherido ninguna de las grandes entidades que tienen mayor implantación nacional.

Además, según la plataforma muchas de ellas solo se lo ofrecen a sus clientes y, dentro de ellos, a quienes ya llevan una trayectoria con la entidad, aspecto difícil de cumplir precisamente por aquellos que a su vez deben reunir los requisitos de vulnerabilidad.

Según ha podido comprobar OCU, todo son trabas, la Caixa Ontinyent, por ejemplo, no sólo exige ser cliente para poder acceder al préstamo, sino que además requiere la presencia física en una de sus sucursales para abrir una cuenta en la entidad. Otra de las entidades adheridas es la Laboral Kutxa, pero en el momento de consultarles indicaron que esta línea de préstamos no estaba aún operativa.

 Y una tercera entidad adherida era la Caixa Pollença, quien recomienda directamente dirigirse cada uno a su entidad habitual, ya que ellos no tienen previsto abrir nuevas cuentas durante el periodo de alarma.

En principio, las entidades adheridas al convenio con el ICO deberían conceder esos préstamos a los inquilinos que cumplan las condiciones exigidas por la normativa, pero en la práctica vemos que los bancos no tienen prisa por conceder dinero a quienes tienen dificultades de pago, por mucho aval del ICO que pueda existir.

Por último, OCU denuncia que nadie parece tener prisa en desbloquear esta situación. Gran parte de las Comunidades Autónomas han ido anunciando el lanzamiento de las convocatorias para conceder las citadas subvenciones, pero hasta la fecha tampoco han llegado soluciones monetarias por esta vía.

Se trata de subvenciones directas que van a conceder las comunidades autónomas con el dinero del Plan de Vivienda. Estas ayudas sí son a fondo perdido (no hay que devolverlas), pero tenga en cuenta que deben declararse en el IRPF del beneficiario.

Se ha de tener en cuenta que cada Comunidad Autónoma ha previsto sus propios límites, que van desde los 500 euros hasta los 900 euros mensuales, como también varían los límites de renta previstos por cada comunidad para acceder a las ayudas.

 CU aconseja que no se demore en solicitar esta ayuda, antes de que se agoten los fondos. En la Comunidad de Madrid, por ejemplo, se podrían haber agotado los fondos en la primera semana de solicitudes, lo que pone en entredicho la implantación de esta medida y la suficiencia de su cuantía.

En este enlace puede consultar las ayudas al alquiler por Covid-19 de algunas de las comunidades autónomas. OCU afirma que si el consumidor tiene problemas para el pago de las rentas, y además no reúne condiciones para solicitarlas o no se le conceden ninguna de las dos ayudas públicas previstas, lo más conveniente es que se negocie con el arrendador. 

Para ello, OCU facilita un modelo de acuerdo para el aplazamiento o la reducción temporal de la renta de alquiler. OCU considera que hay varias opciones factibles, que pasan desde una reducción temporal de la renta mientras dure la situación de crisis económica familiar, hasta una condonación de alguna de las mensualidades o una moratoria en el pago de las rentas.

La organización recuerda que es importante dejar constancia escrita del acuerdo, precisando la medida concreta adoptada y el plazo por el que se aprueba. Estos plazos pueden ser renovables hasta seis meses en caso de necesidad, aunque, pasado el estado de alarma, si la situación no mejora, las partes deberán pensar buscar una solución definitiva ordenada, que podría consistir en una terminación del contrato o en la firma de un nuevo contrato con condiciones definitivas que tengan en cuenta la nueva realidad económica.

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