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Las once excepciones del cierre perimetral de la Comunitat Valenciana

30/10/2020 - 

VALÈNCIA (EFE). El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana ha publicado este viernes el decreto del president de la Generalitat, Ximo Puig, que establece, a partir de este mediodía y por un período de siete días naturales, el cierre perimetral de la Comunitat Valenciana, donde se restringe la entrada y salida de personas.

No obstante, el decreto recoge once excepciones a esa prohibición de entrada y salida de la Comunitat Valenciana, que deberán ser "adecuadamente justificadas" y que son las siguientes:

  • La asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  • El cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
  • La asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil. 
  • El retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
  • La asistencia y cuidado a personas mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
  • El desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.
  • Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
  • Renovaciones de permisos y documentación oficial y otros trámites administrativos inaplazables.
  • Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
  • Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  • Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

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