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establece incrementos salariales del 0,3% para 2020, del 1,3% para 2021 y del 1,5% para 2022

Patronal y sindicatos sellan el convenio del comercio del metal para 52.000 trabajadores

Foto: FEMEVAL
15/04/2021 - 

VALÈNCIA (EP). La Federación Empresarial Metalúrgica Valenciana (Femeval), CCOO PV y UGT PV han firmado este jueves el Convenio Colectivo Provincial de Comercio de Metal de Valencia para el periodo 2020-2022, en los términos del principio de acuerdo alcanzado el pasado 10 de marzo y tras las labores de redacción del texto y cálculo de las tablas salariales, según ha informado la patronal en un comunicado.

Femeval ha destacado la importancia de esta negociación, tanto para las 6.725 empresas como para las cerca de 52.000 personas trabajadoras a las que da cobertura, "porque dota de una vigencia e incrementos salariales razonables acordes a la incertidumbre generada por la evolución de la crisis sanitaria".

La federación del metal considera también que la incorporación de una clasificación profesional actualizada conforme a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores, "representa una apuesta decidida por la profesionalización y modernización del sector más acorde a la realidad y nuevas demandas del mercado, dejando atrás una clasificación obsoleta".

En materia económica, establece incrementos salariales del 0,3 por ciento para 2020, del 1,3% para 2021 y del 1,5% para 2022, con una cláusula de revisión salarial en caso de que el IPC supere el 1,3% del incremento pactado para 2021, y del 1,5% para 2022.

Por otro lado, Feemval subraya que tanto la patronal como los sindicatos han mostrado una "especial sensibilidad y compromiso" con la igualdad de género al trasladar el capítulo de igualdad al principio del convenio y adaptar el texto al lenguaje inclusivo.

El convenio firmado alcanza a distribuidores y comerciantes de equipos, recambios y accesorios para la automoción, concesionarios de ventas de automóviles, alquiler de vehículos y camiones, tiendas de electrodomésticos, empresas de tecnología de la información, proveedores de material médico-quirúrgico, ferreterías, ortopedias, almacenistas y comerciantes siderometalúrgicos, almacenistas de aluminio, material eléctrico y hierro, y comerciantes detallistas.

Se ha acordado también la creación de una comisión de modernización para detectar las llamadas que las nuevas normativas sobre igualdad, teletrabajo y derechos digitales efectúa a la negociación colectiva y que puedan afectar al sector de comercio del metal.

Sobre la obligación del registro de jornada, se definen como preferentes los medios electrónicos y en su defecto manuales, para permitir computar el inicio y fin de la jornada laboral diaria "de forma objetiva y fiable, sin perjuicio de la flexibilidad horaria que se pueda establecer".

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