Hoy es 8 de octubre
VALÈNCIA. Los funcionarios que sean nombrados altos cargos al frente de Abogacía de la Generalitat, la Intervención o la Dirección General de Tributos podrán cobrar más de lo que cobran a partir de 2024. Para ello, los partidos que integran el Consell, PP y Vox, han registrado una enmienda a la Ley de Acompañamiento del próximo año cuya pretensión es que quienes ocupen estos puestos no pierdan poder adquisitivo respecto al puesto que ocupaban anteriormente en la Administración. Un cambio razonable, pero que podría toparse con trabas como ya ocurrió antaño con una reforma similar.
En concreto, la enmienda registrada por populares y voxistas introduce ciertas mejoras en la retribuciones, carrera profesional y situación administrativa de los altos cargos. El texto especifica que en ningún caso "las retribuciones, excluidos los trienios -pues estos siguen cobrándose en cualquier circunstancia-, de aquellos altos cargos que, como requisito para su nombramiento, deban reunir la condición de funcionario público conforme a su normativa específica, o que pertenezcan al cuerpo cuya dirección ejercen como alto cargo, podrán ser inferiores a las que correspondan a un puesto de subdirector o subdirectora general o asimilado, con grado de carrera profesional cuatro reconocido", expone.
Respecto al redactado, conviene explicar diferentes cuestiones: la primera, que existen tres cuerpos específicos en el ámbito de la Administración de la Generalitat. Estos son los abogados, interventores y gestores de tributos. Por lo que, traducido, la modificación legal planteada afecta única y exclusivamente a estos colectivos. No en vano, para ser nombrado abogado de la Generalitat, director general de Abogacía de la Generalitat, interventor, director general de Intervención o director general de Tributos es necesario ser funcionario de carrera de los citados cuerpos.
El dilema para plantear esta enmienda es el siguiente: los subdirectores generales -todos funcionarios A1, la escala más alta dentro la Administración- y con "grado de carrera profesional cuatro" perciben un salario aproximado de 74.000 euros brutos anuales. Sin embargo, el abogado de la Generalitat tiene rango de secretario autonómico y el director general de Abogacía, de director general. En ambos casos, el salario es menor: de 66.296 y 61.365 euros, respectivamente. Por lo que se da la circunstancia de que los funcionarios que son nombrados en estos puestos por el Consell de turno, pierden poder adquisitivo porque ven mermadas sus nóminas entre 7.704 y 12.635 euros al año.
Con el cambio legal propuesto, los partidos del gobierno buscan evitar este tipo de situaciones para, así además, hacer atractivos los puestos y que cuando los funcionarios son tanteados para ser nombrados altos cargos no acaben rehusándolo por motivos económicos. De hecho, el texto de la enmienda explica que, en caso de que el salario sea menor, "se devengará un complemento personal por la diferencia retributiva correspondiente".
La medida, por otra parte, también supone de alguna manera una subida de sueldo a los cinco altos cargos de la administración que ocupan estos puestos. Esto es porque mientras sean altos cargos, seguirán cobrando lo que cobraban como funcionarios previamente y no las retribuciones que ahora mismo están fijadas para el abogado de la Generalitat, el director general de Abogacía, el interventor, director general de la Intervención y el director general de Tributos. Pero también supondrá un incremento en el gasto del capítulo de personal, pues mientras ejerzan de altos cargos, sus plazas se encontrarán ocupadas de forma temporal por interinos que perciben los salarios que ellos ingresaban, 74.000 euros.
Ahora bien, el cambio legal propuesto podría toparse con alguna que otra traba. De hecho, no es la primera vez que se plantea esta reforma normativa. En el pasado, antes de la llegada del Botànic a la Generalitat, los populares ya plantearon una mejora retributiva de los letrados de la Generalitat, un colectivo clave para la gestión del gobierno, que finalmente no salió adelante.
La modificación iba en la misma línea que la medida implantada en 1998 por el Consell de Eduardo Zaplana por la que se creó un complemento específico para aumentar el salario de los interventores, encargados del control interno de la Generalitat. Esta finalmente fue anulada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), que obligó además a estos altos funcionarios a devolver el dinero cobrado por este concepto. En vistas de lo ocurrido entonces, la reforma que afectaba a los letrados acabó no prosperando, pues además varios sindicatos advirtieron que la recurrirían en los tribunales para que corriera la misma suerte al considerar que el complemento no estaba justificado.
La enmienda de ahora busca también la mejora salarial de ambos cuerpos, si bien todavía no ha sido aprobada por Les Corts. No obstante, se da por hecho que así será porque PP y Vox cuentan con la mayoría parlamentaria necesaria.
Esta enmienda se suma a los cambios introducidos por Presidencia en el articulado de la Ley de Presupuestos para que los altos cargos que sean funcionarios no vean rebajado su sueldo. Así, agregaron un apartado en la norma que permitiría a los cargos públicos que sean a su vez empleados públicos poder elegir entre su sueldo como funcionarios y su salario como alto cargo en el ejecutivo autonómico.
El artículo en cuestión, incluido en el Capítulo 1 (Personal), señalaba que "las retribuciones, excluidos los trienios, de aquellos altos cargos que reúnan la condición de personal funcionario serán, a su elección, las establecidas en la Ley de Presupuestos para altos cargos de la Generalitat o las equivalentes a las retribuciones que le correspondan en el lugar de trabajo que viniera ejerciendo en su administración de procedencia". Es decir, que el conseller, secretario autonómico o director general que proceda de la función pública tendrá la opción de elegir quedarse con su salario de empleado público si así lo desea. Algo que ocurrirá, lógicamente, en caso de que el salto a la gestión le hubiera hecho perder poder adquisitivo.
"El importe será certificado por la administración de origen con el detalle de las retribuciones que efectivamente le corresponderían al lugar de trabajo, sin que en ningún caso puedan ser superiores, en el conjunto y el cómputo anual, a las establecidas en la Ley de Presupuestos para el President de la Generalitat, incrementadas en un 15%", añade el artículo. Lo que significa que ninguno de ellos podrá cobrar por encima de un 15% más de la remuneración del jefe del Consell, Carlos Mazón, que es de 77.842 euros brutos anuales. Es decir, que no podrá ser superior a los 89.518 euros en 2024, cifra que se actualizará ahora que el Gobierno ha dejado de estar en funciones.
La decisión también implica a efectos prácticos -y numéricos- acometer una subida de sueldo, pues el salario de los altos cargos está ya determinado: los consellers, incluidos los vicepresidentes, 66.311 euros brutos anuales; los secretarios autonómicos, 66.296, y los directores generales 61.365 euros. Unas nóminas que aumentan en función de si son funcionarios (pues se les suman los trienios), y a lo que se añade, además, un plus por gastos de desplazamiento si residen fuera de la localidad donde está su puesto de trabajo.
No obstante, el cobro de la carrera profesional para aquellos que fueran funcionarios era inviable antes, lo que supone un importante porcentaje de la nómina para un empleado público. Con el redactado actual que busca aprobar el Consell de Mazón, sin embargo, sí será posible, puesto que los funcionarios de carrera podrán seguir cobrando su anterior sueldo, con todos los complementos específicos y de destino: carrera profesional, trienios, además del salario base.