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Presidencia aprueba el decreto de cierre perimetral de la Comunitat Valenciana hasta el 12 de abril

12/03/2021 - 

VALÈNCIA (EP). El Diari Oficial de la Generalitat (DOGV) publica este viernes la orden de Presidencia que establece la ampliación hasta el 12 de marzo de las restricciones que afectan a derechos fundamentales de los valencianos: el toque de queda de 22 a 6 horas, el cierre perimetral de la Comunitat y la limitación de reuniones a cuatro personas en la calle y grupos de convivencia en interiores.

A este paquete de medidas se suma la reapertura del interior de la hostelería con el 30% de aforo y de instalaciones deportivas, también desde el 15 de marzo hasta el mismo Lunes de Pascua, aunque depende de un decreto por publicar de la Conselleria de Sanidad.

En la orden se justifica que, "a pesar de la mejora considerable", la situación epidemiológica mantiene un riesgo alto. La tasa de positividad de la última semana es del 6,59%, por encima del 4% establecido como límite de aumento del riesgo de transmisión. A nivel hospitalario, la presión sobre las UCI es del 17,22%, también un nivel alto al superar el 10%.

"Por razones de prudencia", la Generalitat estima necesario mantener las medidas vigentes desde el 25 de febrero, unido a la proliferación de otras variantes del virus que aconsejan ser "especialmente cautelosos".

En concreto, el toque de queda sigue vigente con las mismas excepciones: compra de productos sanitarios o asistencia a centros médicos y veterinarios por urgencia; cumplimiento de obligaciones laborales; regreso al lugar de residencia; cuidados; control de especies en agricultura y ganadería; causa de fuerza mayor o necesidad; repostaje en gasolineras para realizar las actividades anteriores.

También continúa la prohibición de entrada y salida de la Comunitat salvo desplazamientos justificados: asistencia a centros sanitarios; obligaciones laborales o educativas; vuelta al lugar de residencia; cuidados; entidades financieras, de seguros o abastecimiento de carburante en regiones limítrofes; actuaciones requeridas o urgentes en órganos públicos, judiciales o notariales; renovación de documentación y otros trámites inaplazables como exámenes; desplazamientos para actividades deportivas federadas; causa de fuerza mayor o necesidad.

En cuanto a las reuniones, en los espacios de uso público tanto cerrados como al aire libre no se pueden formar grupos de más de cuatro personas salvo que se trate de convivientes. Mientras, en domicilios y espacios de uso privado, tanto en el interior como
en el exterior, solo se permiten las reuniones familiares y sociales del mismo grupo de convivencia.

Están exentas de esta limitación las actividades no profesionales relacionadas con la crianza y los cuidados, la convivencia alterna de hijos con sus progenitores no convivientes, la acogida familiar de menores o la reunión de parejas que no comparten residencia. Las personas que viven solas se pueden incorporar a otra única unidad de convivencia.

Tampoco tienen que limitar las reuniones las actividades laborales, institucionales, transporte y centros docentes. La permanencia en lugares de culto no puede superar el 50% de aforo, siempre que se respete un mínimo de 1,5 metros de distancia entre personas.

Todas estas restricciones ya vigentes se amplían desde la medianoche del próximo lunes, 15 de marzo, hasta el lunes 12 después de Semana Santa, según el decreto firmado por el 'president', Ximo Puig.

 

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