VALÈNCIA (VP). El pleno municipal del Ayuntamiento de Riba-roja de Túria ha aprobado, de forma definitiva, la ordenanza de convivencia ciudadana en la que se prevén sanciones de hasta 3.000 euros a los infractores por maltrato a los animales al considerarse que este tipo de conductas son faltas muy graves. La ordenanza municipal entrará en vigor tras superar el periodo de alegaciones.
El alcalde de Riba-roja de Túria, Robert Raga, ha afirmado que esta ordenanza “tiene una función esencial ya que se trata de un instrumento y una herramienta muy importante para la convivencia y la armonía entre todos los ciudadanos, se regulan con claridad y de forma pormenorizada todas las conductas y situaciones cotidianas que pueden tener lugar en cualquier día de la semana”.
La ordenanza de convivencia ciudadana de Riba-roja de Túria es la primera que se ha elaborado en la localidad con el objetivo de regular una adecuada convivencia entre los ciudadanos, de forma que se corrijan y sanciones todas aquellas conductas incívicas en espacios y edificios públicos, con un respeto al derecho de los demás y evitar, al mismo tiempo, la degradación del mobiliario y las infraestructuras públicas.
El texto se ha aprobado de forma definitiva con los votos del equipo de gobierno como impulsor de la ordenanza municipal, a los que cabe añadir, además, el apoyo del Partido Popular y Vox, mientras que Compromís y Esquerra Unida-Podem se han abstenido. Tras el periodo de alegaciones por parte de particulares o entidades que se han dirimido al respecto entrará en vigor en la localidad.
Entre las alegaciones presentadas y estimadas al respecto se destaca la que está referida al maltrato animal, ya que tras la entrada en vigor de la Ley estatal redactada y refrendada por el Gobierno central, pasa a ser considerada infracción muy grave el maltrato a los animales. De esta forma, las sanciones muy graves supondrán una cuantía económica de entre 1.001 y 3.000 euros en total.
La ordenanza ciudadana aprobada por el pleno municipal de Riba-roja de Túria establece, además, sanciones económicas de entre 60 y 500 euros para las infracciones consideradas como leves, otro tramo de entre 501 y 1.000 euros para las infracciones contempladas como graves en el ordenamiento jurídico local y, por último, los referidos entre 1.001 y 3.000 euros para las muy graves.
El texto legal establece el derecho de los ciudadanos a “comportarse libremente en los espacios públicos sobre la base del respeto a los principios de libertad, dignidad y respeto a los derechos de los ciudadanos” que tienen la obligación de respetar la convivencia y la tranquilidad ciudadanas, así como observar una conducta encaminada a evitar y prevenir el deterioro de la localidad, de forma que, además, pueden denunciar aquellas infracciones de las que tengan conocimiento.
Por todo ello, quedan prohibidos los daños y alteraciones sobre los bienes protegidos por la ordenanza en el ámbito del municipio, por rotura, arranque, incendio, vertido o desplazamiento indebido, así como las pintadas sobre el mobiliario, los carteles o adhesivas en zonas prohibidas, daños sobre los árboles o las plantas, los jardines o los parques, las papeleras, contenedores, estanques o fuentes, los ruidos, las fugas y los olores o la venta de productos en la vía pública sin permiso, entre otras situaciones.
La ordenanza subraya que a la imposición de las sanciones económicas a las personas infractores se podrán añadir la reparación de los daños ocasionados, con la reposición de la situación alternada a su estado originario, así como la indemnización de los daños y perjuicios causados. La graduación de la sanción tendrá en cuenta la reiteración de las conductas, la existencia de intencionalidad, la trascendencia social, la gravedad o las circunstancias sociales de la persona, entre otros.