VALÈNCIA (EFE). El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha comunicado a Ryanair, Aena, Enaire y a los sindicatos convocantes, USO-STA y Sitcpla, los servicios mínimos correspondientes a la convocatoria de huelga de Tripulantes de Cabina de Pasajeros (TCP) para los próximos meses, desde el día 8 de agosto de 2022 hasta el día 7 de enero de 2023, ambos incluidos, durante los que las jornadas de huelga tendrán lugar semanalmente de lunes a jueves.
En el caso de la Comunitat Valenciana, el Gobierno ha establecido un porcentaje del 83 y 81 por ciento de los servicios de la compañía aérea para cada ruta doméstica hacia o desde territorios no peninsulares en el mes de agosto para los aeropuertos de Alicante y Valencia, respectivamente.
Durante los siguientes meses, el aeropuerto de Alicante deberá ofrecer un 77% de los servicios en septiembre, un 73% en octubre, un 75% en noviembre, un 77% en diciembre y un 80% durante el periodo navideño. Por su parte, en Valencia deberá respetarse un 75% de los servicios en septiembre, un 70% en octubre, un 69% en noviembre, un 72% en diciembre y un 78% en Navidad.
En cuanto a los vuelos de la compañía aérea para cada ruta con ciudades españolas peninsulares y extranjeras, cuyo medio alternativo de transporte público signifique un recorrido con un tiempo de desplazamiento igual o superior a cinco horas, el aeropuerto de Valencia tendrá un 59% de los servicios, mientras que el de Alicante respetará un mínimo del 60% de los vuelos programados. Entre los meses de septiembre y diciembre, así como en Navidad, el porcentaje se mantendrá en torno al 55-60% de los servicios.
Estos servicios esenciales tienen como objetivo compatibilizar el interés general de los ciudadanos "y en particular sus necesidades de movilidad, con el derecho de huelga de este colectivo de trabajadores". La resolución de los servicios mínimos también se ha publicado este viernes en la página web del Ministerio.
Los servicios mínimos decretados se aplicarán a las operaciones aéreas de transporte público operadas por Ryanair (con tripulantes de cabina de pasajeros pertenecientes a las empresas Ryanair, Crewlink y Workforce), con origen o destino en los aeropuertos de Madrid, Málaga, Barcelona, Alicante, Sevilla, Palma de Mallorca, Valencia, Girona, Santiago de Compostela e Ibiza.
El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha fijado que los servicios mínimos que pueden alcanzar hasta el 85% de los vuelos programados en el caso de las rutas domésticas hacia o desde territorios no peninsulares.
Para los servicios para cada ruta con ciudades españolas peninsulares y extranjeras, cuyo medio alternativo de transporte público signifique un recorrido con un tiempo de desplazamiento igual o superior a cinco horas, los porcentajes oscilan entre el 36% y 60%, dependiendo de los meses y del aeropuerto.
Para las rutas con ciudades españolas peninsulares cuyo medio alternativo de transporte público signifique un recorrido con un tiempo de desplazamiento inferior a cinco horas, el aeropuerto de Barcelona tendrá entre un 34 y un 38% de protección de los vuelos. Para el resto de los aeropuertos, en el caso de registrarse vuelos de este tipo, el Ministerio ha establecido una protección similar a la de Barcelona.
Se considerarán trabajadores legalmente convocados a la huelga aquellos que tienen asignada como base permanente alguno de los centros de trabajo en los que se convoca la huelga, independientemente del lugar en el que pernocten los días de la convocatoria de la huelga.
Respecto al listado de vuelos afectados por estos servicios mínimos, el Ministerio ha señalado que corresponde a Ryanair establecer los vuelos sometidos a los porcentajes de servicios mínimos, "para lo que deberá adoptar las medidas necesarias para garantizar que se presten salvaguardando en todo momento la seguridad del conjunto de las operaciones".