Hoy es 21 de noviembre
GRUPO PLAZA

por tres años con prórroga de hasta diez

Sanidad licita el servicio del IVO para 30.000 pacientes al año enviados desde hospitales públicos

13/06/2017 - 

VALÈNCIA. El servicio de oncología que hasta ahora prestaba el Instituto Valenciano de Oncología (IVO) para la sanidad pública valenciana ya ha sido licitado por la Conselleria de Sanidad. Este lunes el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana publicaba unos pliegos que, como ya señalara la administración en varias ocasiones, no pretenden desvincularse de la fundación que próximamente será dirigida por el exconseller de Sanidad Manuel Llombart

No obstante, las reglas del juego han cambiado. Para empezar serán los departamentos de la red pública quiénes deriven pacientes al centro elegido cuando antes el IVO era de libre elección. Además, se realizará un seguimiento por parte de Sanidad de los pacientes, quienes deberán volver a su departamento de salud tras cinco años libres de la enfermedad. La Conselleria también ha introducido las penalizaciones en el caso de incumplimiento de los requerimientos de Sanidad.

Como ya avanzara Sanidad, el presupuesto anual estimado es de 53,78 millones anuales. En número de pacientes, el cálculo del departamento de Carmen Montón es de 30.000 anuales de los que se prevé que alrededor de un 15% serán casos nuevos de cáncer y el resto serán pacientes en tratamiento o seguimiento. 

El contrato puede alargarse a diez años

El importe máximo presupuestado para los tres años de vigencia es de 161,32 millones de euros aunque es un valor orientativo, ya que el gasto real variará dependiendo de los precios ofrecidos por la entidad y los servicios que le pueda requerir la administración. El acuerdo tendrá una duración inicial de tres años aunque podrá prorrogarse anualmente hasta los diez años. 

La facturación se realizará por procesos en los que se incluirán la atención hospitalaria y ambulatoria de los pacientes, la radioterapia ambulatoria, el servicio de hospital a domicilio, consejo genético, medicación ambulatoria y hospitalaria y los componentes sanguíneos administrados a los pacientes ambulatorios.

Que solo puedan acceder al concierto las entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro no vinculadas deja el camino hecho al IVO ya que, prácticamente, es imposible competir en instalaciones y experiencia con esta fórmula. De hecho, deja fuera de juego a todos los grupos hospitalarios. Por ello, Ribera Salud está ultimando un recurso contra la ley de conciertos sanitarios al considerar que coarta la libre competencia.

Carmen Montón y Manuel Llombart, en el traspaso de cartera, en 2015. Foto: EFE/KAI FÖRSTERLING

Según señalan los pliegos, como mínimo, el centro tendrá que disponer de 100 camas, 10 camas de UCI y 40 locales de consultas externas, entre otros requisitos. También tendrá que contar con un 50% de las habitaciones individuales, todas ellas con cuarto de baño incorporado, con el compromiso de ampliar este porcentaje progresivamente. El resto de habitaciones deben alojar como máximo a dos pacientes. Por otro lado, el número de facultativos requeridos asciende a prácticamente un centenar.

Necesidad de un seguro de responsabilidad civil

A pesar de que la Conselleria de Sanidad no lo tiene, las entidades deberán acreditar con antelación a la formalización del acuerdo haber constituido un seguro de responsabilidad civil que garantice la cobertura de los daños ocasionados tanto a terceros como a las propias instituciones sanitarias o a su personal por su gestión.

En cuanto a la valoración de la oferta presentada, calculada sobre 100 puntos, 25 corresponden a los recursos humanos, materiales y técnicos, las actividades de la entidad suman hasta 40 puntos mientras que la oferta económica son 20 puntos. En el caso de empate, la puntuación obtenida por dos o más entidades a las que hubiera correspondido la máxima puntuación tendrán preferencia de selección las propuestas de las entidades que, en la documentación, presenten un plan de igualdad aprobado por cualquier administración pública u órgano competente.   

Por otro lado, el contrato autoriza la colaboración con terceros siempre que ésta recaiga sobre servicios que entre dentro de la acción concertada. Para ello, en la memoria deben indicarse los servicios que se quieren subcontratar y que no podrán ser superiores al 50% del importe económico anual del acuerdo. 

Hace unas semanas, el IVO sembraba la duda sobre la prestación del servicio apuntando a la necesidad de estudiar si se presentarían a la licitación con las nuevas condiciones. 

Noticias relacionadas

next

Conecta con nosotros

Valencia Plaza, desde cualquier medio

Suscríbete al boletín VP

Todos los días a primera hora en tu email


Quiero suscribirme

Acceso accionistas

 


Accionistas