VALÈNCIA. Intersindical y UGT han recurrido el acuerdo del pleno de la Diputación de Valencia del pasado 4 de junio aprobó, con los votos de PSPV, Compromís y La Vall Ens Uneix, la asunción por parte de la Diputación de Valencia de los servicios que presta la empresa pública Divalterra cuando se produzca su disolución. El acuerdo contó con el voto en contra de los partidos de la oposición (PP, Ciudadanos y Vox) y los documentos que lo avalaban se toparon con el rechazo frontal de la mayor parte de los sindicatos por el modo en el que se integran los trabajadores.
El documento que después de esa sesión envió a todos los empleados el presidente de la corporación provincial, Toni Gaspar, fue el que generó la polémica. El apartado que más controversia provocaba es el relativo a la subrogación de los contratos. En él consta que el personal laboral de Divalterra desempeñará sus tareas en la Diputación y en el Consorcio Provincial de Bomberos como personal laboral indefinido o temporal (según los contratos) en plazas "a extinguir" en el grupo de clasificación profesional correspondiente hasta el final de su vida laboral o su cese por las causas de extinción previstas en el Estatuto de los Trabajadores. También que tendrán la consideración de personal laboral no empleado público y que contarán con las mismas condiciones laborales y retributivas que tenían en la empresa pública.
El punto polémico venía en lo relacionado con los procesos de selección. El dictamen expresaba que aquellos trabajadores que hubieran accedido a Divalterra de esta manera y de forma equiparable a los empleados públicos podrán continuar su carrera profesional y participar en los concursos de provisión de puestos y demás sistemas de movilidad establecidos legalmente si cumplen los requisitos de la convocatoria.
"Se considerarán procedimientos de selección equiparables a los de los empleados públicos los convocados por la sociedad mercantil de la Diputación de Valencia, con publicidad en un diario oficial, en la página web de la Diputación o en el Portal de empleo de Divalterra, en los que se garanticen los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como los demás establecidos en el artículo 55 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público", especificaba el dictamen.
En su recurso, Intersindical expresa que esto es "completamente ilegal". "Las relaciones laborales en la sucesión de empresa son una subrogación subjetiva y no una novación objetiva, por ello implica la asunción de las relaciones laborales sin posibilidad de transformación para convertirlas en relaciones de distinta naturaleza", expresan.
A ello se añaden otras consideraciones, como que afectará a la tasa de reposición de efectivos o que la decisión de asumir la gestión de Divalterra no está correctamente justificada con criterios objetivos. Así, consideran que los argumentos políticos usados por los representantes del PSPV y Compromís no resultan suficientes para la disolución de la empresa pública. Y critican que el informe que la avala no enuncia con exactitud las funciones y servicios gestionados por Divalterra ni el número exacto de trabajadores y sus condiciones laborales que pasan tanto a la Diputación como al Consorcio.
Tampoco ven adecuado el acto administrativo en sí mismo por ser "incongruente" y recuerdan que no ha habido ningún tipo de negociación sobre este asunto con los sindicatos.
Por su parte, UGT ha presentado igualmente otro recurso de reposición por cuestiones que no se ajustan a la normativa, como la clasificación de trabajadores o su integración.