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Trabajo plantea 75 euros de tarifa plana vinculada a continuar como autónomo

24/10/2018 - 

MADRID (EFE). El Ministerio de Trabajo ha propuesto a las asociaciones de trabajadores autónomos elevar de 50 a 75 euros la tarifa plana de cotización a la Seguridad Social durante el primer año, pero vinculada a su continuidad en ese régimen durante un periodo aún por determinar.

El documento entregado ayer a las asociaciones de autónomos en la reunión mantenida con ATA, UPTA y UATAE y con la CEOE explica que sólo el 30 % de las personas que se han beneficiado hasta ahora de las tarifas planas se mantiene en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA) una vez finaliza la reducción.

"El resto deja de cotizar, marcha al extranjero o se ocupa como asalariado", añade el documento del Gobierno, con el que pretende impulsar la permanencia del trabajadores en el RETA, cursando" un periodo mínimo a fijar".

De lo contrario, añade, los periodos dados por cotizados pasarán a considerarse de media jornada.

Los autónomos van a constituir una mesa, en la que participará Trabajo, para reconvertir en 2019 el actual régimen de cotización, fijando para ello cinco tramos de cotización en función de los ingresos reales, partiendo de una liquidación mínima inicial que pueda consolidarse o rectificarse al final del ejercicio.

El Gobierno ha sometido a las asociaciones de autónomos a diferentes escenarios, en los que es obligatorio la cotización por cese de actividad y por contingencias profesionales, eso sí, a un tipo más reducido que el actual y similar a todos los afiliados.

Escenarios

Así, el documento plantea varios escenarios en los que, a mayor incremento de la base mínima, menor de los tipos de cotización, y al contrario.

En el primero, contempla mantener en 2019 las bases de 2018 pero generalizando las actuales contingencias en sus tipos de cotización hasta alcanzar el 33,7 %, de forma que el tipo el de incapacidad temporal sería del 29,3 %, más el de contingencias profesionales (2,3 %), por cese de actividad (2 %) y, como novedad, por formación (0,1 %).

El segundo escenario plantea un incremento de la base mínima del 6,25 %, si bien el tipo por contingencias comunes se quedaría en el 28,3 %, a lo que habría que añadir un 2,1 % por contingencias profesionales y 1,3 % por cese de actividad, además del 0,1 % por formación, alcanzando el 31,8 %.

En el tercer escenario, el incremento de la base mínima alcanza el 12,25 % hasta los 900 euros, pero con un tipo por contingencias comunes del 28,3 %, del 1,9 % por las profesionales y del 0,9 % por cese de actividad, además del 0,1 % por formación, hasta situar el total en el 31,2 %.

Este escenario, explica el documento, permitiría considerar el pago de las cotizaciones del trabajador a partir del tercer mes de baja por enfermedad común, profesional o accidente como una de las prestaciones a cargo del cese de actividad.

Excendencia por maternidad

También podría producirse el reintegro de la excedencia por maternidad sin la necesidad de que el cese de actividad comportara la interrupción de la misma cuando existen trabajadores asalariados.

Asimismo, el Gobierno considera "razonable" seguir manteniendo la base máxima de 900 euros al mes para los trabajadores de 45 años o más, con el objetivo de que puedan generar mejores derechos de pensión,

Otras propuestas plantean crear grupos de trabajo para establecer incentivos con los que incrementar la afiliación de los familiares de autónomos actualmente sin cotizar, lo que afecta esencialmente a mujeres, así como para analizar el medio millón de empleados de autónomos con contrato temporal o a tiempo parcial. 

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