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Un juzgado declara nulo el despido a un trabajador de La Fe que denunció irregularidades

21/09/2018 - 

VALÈNCIA. (EP). El Juzgado de lo Social Número 10 de València ha declarado la nulidad de un despido disciplinario por vulneración de derechos fundamentales a un trabajador del Instituto de Investigación La Fe de València, perteneciente al sector público de la Generalitat, al considerar que fue una "represalia", ya que había denunciado ante la propia entidad y posteriormente al ministerio fiscal la existencia de posibles prácticas y actuaciones ilegales y fraudulentas en el ámbito contable y de la contratación.

Así ha informado la Fiscalía Provincial de Valencia en un comunicado en el que señala que en dicha sentencia, del 17 de septiembre, establece, de conformidad con lo interesado por el ministerio público, la nulidad del despido disciplinario de dicho trabajador por vulneración de derechos fundamentales, en concreto por la garantía de indemnidad.

Se trata de la primera vez que se pide una nulidad de un despido por discriminación por el hecho de haber presentado el afectado una denuncia previa por irregularidades. La Fiscalía defendió en el juicio que, por parte de la empresa, se había vulnerado el derecho fundamental a la indemnidad (tutela judicial efectiva) y el principio de no discriminación.

Ahora, la sentencia estima que la decisión empresarial de despedir al trabajador se adoptó como "represalia" por haber denunciado anteriormente ante la Gerencia y Dirección de la propia Fundación, la existencia de irregularidades contables y contractuales.

El trabajador demandante había denunciado con anterioridad al despido, ante diversos órganos de la propia Fundación, y posteriormente ante la Fiscalía Provincial de Valencia, la existencia de "posibles prácticas y actuaciones ilegales y fraudulentas en el ámbito contable y de la contratación pública". Los hechos denunciados dieron lugar a la tramitación de un proceso de investigación penal por posibles delitos por parte del Juzgado de Instrucción número 15.

Fiscalía fundamentó su petición de nulidad del despido por vulneración de derechos fundamentales --garantía de indemnidad y no discriminación--, entre otras razones, por considerar que la decisión empresarial de despido disciplinario del trabajador había sido acordada como "consecuencia y represalia" por haber denunciado anteriormente la existencia de "actuaciones ilegales" cometidas en el seno de la propia Fundación.

También se basó en "la necesidad de garantizar la no discriminación en el empleo público y privado", así como de otorgar "protección efectiva frente a represalias" sobre las personas denunciantes de actuaciones ilegales en el ámbito empresarial o del sector público.

Asimismo, por parte del Ministerio Fiscal se pusieron los hechos en conocimiento de la Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción de la Comunitat Valenciana, de modo que se interesó la aplicación al trabajador despedido del 'Estatuto de la Persona Denunciante' con las consiguientes medidas de protección, previstas en la Ley 11/2016, de 28 de noviembre, de la Generalitat, de la Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción.

Las actuaciones del Ministerio Fiscal, ha apuntado, se han realizado en el ejercicio de la función constitucional y legal de promover la acción de la justicia en defensa de los derechos fundamentales y libertades públicas en los procesos laborales ante la jurisdicción social (arts.124 CE, 541 LOPJ, 3.3 EOMF y 177 LRJS).

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