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fallo del juzgado 15 de lo social de valència

Una juez reconoce el derecho de los pensionistas de Venezuela a recibir la pensión mínima en España

Foto: KIKE TABERNER
25/03/2019 - 

VALÈNCIA. La Justicia ya había dictado sentencias en ese sentido. El Instituto Nacional de la Seguridad Social este año estaba actuando en consecuencia. Un nuevo fallo judicial, dictado por el juzgado de Lo Social número 15 de València, acaba de ratificarlo: los jubilados hispanovenezolanos que perciben pensión de las dos naciones en España deben cobrar como mínimo una pensión anual de 8.321 euros. Si Venezuela no paga, España debe completar la pensión hasta alcanzar esa cifra.

La sentencia, firmada por la magistrada titular el pasado 28 de febrero, no ha sido recurrida aún por la Seguridad Social, motivo por el cual el abogado Santiago Calvo, letrado que ha asistido al demandante hispanovenezolano, da por hecho que se puede considerar firme, ya que se ha superado el plazo legal otorgado por la Justicia para presentar recurso.

Ya desde finales de enero, el Gobierno de Pedro Sánchez anunció que reconocía este derecho a los pensionistas y reservó en los presupuestos generales del Estado, esos que finalmente no se aprobaron, 20 millones de euros para compensar a los más de 4.000 pensionistas que se encuentran en esta situación, según sus cálculos. Fuentes de la Seguridad Social confirmaron que se dictó una instrucción para que se le concediera la prestación a quienes lo solicitaron. Con presupuestos o sin ellos, se está aplicando. 

Los jubilados, que deberían percibir su pensión de las dos naciones, llevan en algunos casos desde 2016 sin recibir ni un ingreso por parte de Venezuela. Muchos de ellos habían reclamado que España, en virtud de sus convenios con el país sudamericano, reconociera su obligación con los pensionistas y les completara la pensión hasta alcanzar esos 8.300 euros que son el mínimo reconocido para las pensiones contributivas.

Un asturiano de Venezuela que vive en València

En el fallo judicial se estima la demanda interpuesta por el pensionista hispanovenezolano (en este caso particular se trata de un asturiano que vivió en Venezuela más de 50 años y que reside ahora en València). La magistrada ordena revocar la resolución de la Seguridad Social de 7 de mayo de 2018 que no le reconocía el derecho al demandante, y condena al Estado a abonar el complemento por mínimo de la pensión de jubilación, retrotrayéndose a la fecha en la que puso la reclamación, el 17 de enero de 2018.

Calvo lamentó que aún existiendo esta instrucción del Ministerio de Trabajo para que a partir de enero de 2019 se abone el complemento por vía administrativa, los pensionistas que se encuentran en vía judicial se están viendo obligados a pelear el tema en juzgados porque la Administración sigue sin dar su brazo a torcer en los tribunales; una contrasentido porque, implícitamente y con hechos, está admitiendo los derechos de estos jubilados. Es como si el Gobierno de Pedro Sánchez dijera: si protestas no te haré caso, aunque sepa que tienes razón.

Con todo, estas resoluciones judiciales e instrucciones del Ministerio no son suficiente cobertura y todavía hay muchas personas que no reciben nada. Y es que, advierte Calvo, el problema reside en que una buena parte de los pensionistas que viven en España no tienen derecho a una pensión contributiva. Estas prestaciones por pensiones no contributivas (vejez e invalidez) han sido transferidas a la Generalitat en el caso valenciano, y ésta, explicó Calvo, hasta el momento está haciendo oídos sordos, obligando de igual modo a acudir a la vía administrativa y a los tribunales. 

La situación es tan desmoralizadora, que “son muchos los que finalmente han renunciado a pelear la pensión, contributiva o no contributiva, por culpa de la dejadez de la Administración”, explica el abogado valenciano, miles de personas que han perdido ya toda la confianza que tuvieran en un sistema que les ha dado la espalda.

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