València destina 400.000 euros a ayudas para la adquisición de material escolar

11/12/2023 - 

VALÈNCIA (EFE). La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de València ha aprobado una partida de 400.000 euros para ayudas a la adquisición de material escolar para el alumnado escolarizado en el curso 2023-24 en el segundo ciclo de Educación Infantil en colegios públicos de Generalitat, Diputación y colegios municipales.

Las ayudas irán destinadas también a centros concertados autorizados de la ciudad.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (BOP), según ha informado el Consistorio.

El portavoz del gobierno municipal, Juan Carlos Caballero, ha detallado que la próxima convocatoria aunará las ayudas de comedor y las ayudas a la compra de material escolar.

Caballero ha señalado que el gobierno municipal "cumple así su compromiso de sacar esta convocatoria al inicio del curso escolar", y ha recordado que "el año pasado se sacó en febrero, pero nosotros hemos adelantado dos meses la convocatoria para que salga antes de que acabe el año".

Las solicitudes se presentarán mediante modelo normalizado (que debe descargarse en la página web del Ayuntamiento de Valencia (https://educacio-valencia.es/es/material-escolar), y podrá hacerse tanto de manera presencial como a través de la sede electrónica.

Para acceder a estas ayudas será necesario que el alumno solicitante esté empadronado en València, así como sus progenitores o tutores (se contemplan condiciones especiales para circunstancias como divorcios, residencias externas por trabajo, u otras).

Además, deberán estar matriculados en un curso del segundo ciclo de Educación Infantil en un centro público o uno autorizado, durante en el ejercicio de la convocatoria.

No podrá ser beneficiario de estas ayudas el alumnado matriculado cuya familia disponga de una renta anual superior a 72.460,00 euros (para familias de dos miembros), 75.641,00 (de tres miembros), 78.822,00 (de cuatro miembros), 82.003,00 (de cinco miembros) y 85.184,00 (a partir de seis miembros).

Las personas beneficiaras deberán justificar los gastos efectuados de manera previa a la obtención de la ayuda, que tal y como se recoge en las bases, será destinada en primer término a la adquisición del material escolar e informático necesario para el desempeño de los estudios en el centro educativo, según las indicaciones del propio centro.

Su coste no podrá ser superior al valor del mercado y deberá estar efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. La adquisición del material financiado debe estar comprendida entre la fecha de finalización del curso anterior y el último día de plazo para la solicitud de esta ayuda.

Para la concesión de estas subvenciones se constituirá una comisión técnica de trabajo, presidida por la concejala de Educación, que estará integrada por la jefa de Servicio de Educación, en funciones de secretaria, y por tres vocales (una jefatura de la Sección Administrativa, y personal técnico de la Administración General y de la Administración Especial del Ayuntamiento).

La obtención de esta subvención será compatible con otras ayudas otorgadas con la misma finalidad por todo tipo de organismos, públicos o privados, siempre que el importe de las ayudas recibidas no superen el 100 % del coste del gasto generado por la adquisición de material escolar e informático. 

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