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Empresas de 'criptos' que ofrezcan servicios de pago en España deberán estar autorizadas antes del 1 de marzo

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MADRID. El Banco de España ha recordado que el próximo 1 de marzo finaliza el plazo transitorio para que las empresas de criptoactivos que estén ofreciendo también servicios de pago obtengan la autorización pertinente, según el comunicado publicado en la página web del propio supervisor.

En su nota, la institución se dirige a proveedores de servicios de criptoactivos que estén prestando servicios de pago con fichas de dinero electrónico (EMT, por sus siglas en inglés), que son criptoactivos que estabilizan su valor en relación con una única moneda oficial, por ejemplo, 'stablecoins' que tengan al euro como moneda de referencia.

Para estos proveedores, señala que el próximo 1 de marzo de 2026 finalizará el periodo transitorio previsto por la Autoridad Bancaria Europea, durante el cual han podido seguir prestando estos servicios sin haber obtenido la autorización que contempla la directiva europea PSD2 sobre servicios de pago.

Para obtener esta autorización, el pasado 30 de julio el Banco de España habilitó un procedimiento que sigue disponible para estas compañías.

El supervisor recomienda que aquellos interesados en obtenerla se pongan en contacto con el organismo con "antelación suficiente" antes del fin del periodo transitorio para iniciar el procedimiento.

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