Así evoluciona el fondo contra la despoblación en Valencia: se benefician seis municipios más desde 2023

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  • Un municipio en riesgo de despoblación.
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VALÈNCIA. En la provincia de Valencia hay municipios que cumplen cada año las condiciones que la Generalitat utiliza para identificar las zonas más afectadas por la despoblación. Son localidades pequeñas, muchas de ellas situadas en el interior, en las que el tamaño de la población, su evolución y su estructura demográfica determinan si pueden acceder a una línea específica de financiación para hacer frente a los efectos del declive demográfico.

Ese mapa, sin embargo, no se mantiene igual de un ejercicio a otro. El Fondo de Cooperación Municipal contra el Despoblamiento revisa anualmente los municipios que reúnen los requisitos establecidos por la normativa autonómica, de modo que algunos se incorporan y otros dejan de figurar entre los beneficiarios.

Los cambios de los últimos tres años se reflejan en cifras: 62 municipios valencianos recibieron esta financiación en 2023, fueron 70 en 2024 y el número se redujo a 68 localidades en 2025. Por tanto, en apenas tres años el fondo ha ampliado su alcance a seis municipios más que al inicio del periodo, aunque la evolución no ha sido lineal.

La línea específica del Fondo de Cooperación Municipal contra el Despoblamiento forma parte del sistema de financiación de los municipios valencianos y tiene como finalidad incorporar la despoblación como criterio de asignación de recursos. Su regulación busca garantizar la suficiencia financiera de las localidades afectadas y reforzar su capacidad para prestar los servicios locales.

Varios indicadores que determinan quién se beneficia del fondo

La evolución permite observar cómo cambia la relación de municipios incluidos en esta línea de financiación y, sobre todo, cómo funciona el sistema que determina quién puede recibirla. Porque no basta con tener pocos habitantes para entrar en el fondo. La ley establece varios indicadores relacionados con la estructura y evolución de la población y exige que los municipios cumplan determinados requisitos para ser considerados en riesgo de despoblamiento.

La Ley 5/2023, de medidas contra el despoblamiento y por la equidad territorial en la Comunitat Valenciana, establece seis indicadores principales. Entre ellos figuran la densidad de población, la evolución demográfica durante los últimos veinte años, el crecimiento vegetativo, el envejecimiento, la dependencia y la tasa migratoria. En su configuración actual, un municipio debe cumplir al menos cuatro de estos seis criterios para quedar incluido en la categoría principal de riesgo de despoblamiento.

Por ejemplo, la ley considera un indicador de riesgo que un municipio tenga una densidad igual o inferior a 20 habitantes por kilómetro cuadrado. También tiene en cuenta que la población haya registrado un crecimiento nulo o negativo durante las dos últimas décadas, que el crecimiento vegetativo sea igual o inferior al -10% o que el índice de envejecimiento alcance al menos el 250%. A estos factores se suman el índice de dependencia y la tasa migratoria.

El sistema contempla además otros supuestos para localidades de menor tamaño o integradas en determinados territorios. De este modo, el riesgo de despoblamiento no se determina únicamente contando habitantes, sino combinando diferentes características demográficas y territoriales. La Generalitat actualiza estos datos a partir de la información disponible para aplicar la ley. En la circular correspondiente a 2026, por ejemplo, los datos utilizados son los de la última revisión padronal, correspondiente a 2025.

Esta forma de medir el riesgo ayuda a entender por qué el listado provincial puede cambiar de un año a otro. Caudete de las Fuentes, por ejemplo, no figuraba entre los beneficiarios de 2023 y pasó a recibir el fondo en 2024, situación que mantuvo en 2025. Lo mismo ocurrió con Sinarcas, Bellús, Bolbaite, Anna, Antella y Sumacàrcer. En total, ocho municipios se incorporaron al listado entre 2023 y 2024.

Una normativa que ha ido modificándose

El aumento de 2024 coincide con la entrada en aplicación del nuevo marco regulador. La resolución de asignación del fondo correspondiente a 2024 señalaba expresamente que los criterios de zonificación del riesgo de despoblamiento previstos en el artículo 15 de la Ley 5/2023 habían ampliado el número de municipios que podían ser beneficiarios respecto de la regulación anterior. El Decreto 120/2024, aprobado en septiembre de ese año, desarrolló la regulación específica de esta línea de financiación.

El movimiento fue mucho más limitado al año siguiente. En 2025, el número de municipios beneficiarios de la provincia pasó de 70 a 68. Sellent, que había entrado en el listado en 2024, dejó de aparecer al año siguiente, y Otos, que había recibido el fondo tanto en 2023 como en 2024, tampoco figura entre los beneficiarios de 2025.

El resultado es un mapa ligeramente más amplio que el de hace tres años, pero que ha sufrido modificaciones en cada ejercicio. De los 62 municipios beneficiarios de 2023 se pasó a 70 en 2024, un aumento de ocho localidades, y posteriormente a 68 en 2025, con dos salidas. En términos globales, el fondo cuenta con seis municipios beneficiarios más que al inicio del periodo analizado.

La normativa, además, ha continuado modificándose después de estos tres ejercicios. La regulación vigente contempla actualmente mecanismos para evitar que un cambio en los indicadores deje automáticamente fuera del fondo a un municipio que había sido beneficiario. La circular de la Generalitat para 2026 recoge que las localidades que dejan de cumplir los requisitos, pero habían recibido el fondo en el ejercicio anterior, pueden mantener la condición de beneficiarias durante ese ejercicio y el siguiente gracias a la garantía prevista en la ley.

La última asignación autonómica, correspondiente a 2026, incluye 222 municipios de toda la Comunitat Valenciana y distingue entre las localidades que cumplen los criterios de riesgo de despoblamiento, las que acceden a través de la categoría adicional prevista en la ley y aquellas que mantienen la condición de beneficiarias por la garantía legal.

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