VALÈNCIA. El Tribunal Supremo (TS) ha absuelto al ex alcalde de Gandia, Arturo Torró, que fue hallado muerto en febrero de 2025, del delito de malversación por el denominado 'caso Tele7' y ha dejado sin efecto la condena de tres años y medio de prisión que le impuso la Audiencia Provincial de Valencia en 2023. Asimismo, el alto tribunal absuelve al empresario Ricardo Manuel Faura Vidal, exadministrador de la mercantil Comarques Central Televisió y también fallecido, que había sido condenado a un año y nueve meses de prisión como cooperador.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Valencia Plaza, estima los recursos interpuestos por los herederos de Faura y por Comarques Centrals Televisió y concluye que la condena dictada por la Audiencia Provincial vulneró el principio acusatorio y, con él, el derecho de defensa de los condenados. Por ello, el Supremo anula íntegramente la resolución de 2023 y dicta una nueva sentencia absolutoria que deja sin efecto tanto las penas de prisión e inhabilitación como la indemnización de 135.812,50 euros que ambos debían abonar solidariamente al Ayuntamiento de Gandia.
El alto tribunal sostiene que la Audiencia Provincial terminó condenando a Torró y a Faura sobre una base distinta de la que habían defendido tanto la Fiscalía como la acusación particular durante el procedimiento. En concreto, mientras las acusaciones sostenían que el acuerdo alcanzado para resolver el contrato carecía de justificación, la Audiencia acabó fundamentando la condena en que solo una parte de la compensación económica pactada excedía de la indemnización legalmente procedente y que ese exceso constituía el perjuicio para las arcas públicas.

- El ex alcalde de Gandia, Arturo Torró, durante un juicio.- Foto: EDUARDO MANZANA
Para la Sala de lo Penal, esa construcción jurídica fue introducida por el propio tribunal sentenciador sin haber formado parte del objeto de acusación ni del debate celebrado durante el juicio, lo que impidió a los acusados defenderse frente a esa concreta imputación. La sentencia recuerda que un tribunal no puede condenar por hechos o argumentos distintos de los sostenidos por las acusaciones porque ello vulnera el principio acusatorio, una garantía esencial del proceso penal, y menoscaba el derecho fundamental de defensa.
En consecuencia, el Supremo acuerda absolver a Arturo Torró y a Ricardo Manuel Faura de los delitos que se les atribuían y declara que tampoco procede exigir responsabilidad civil derivada de esos hechos.
La condena anulada
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia condenó en abril de 2023 a Torró por un delito de malversación relacionado con la adjudicación de los servicios de comunicación audiovisual municipales entre 2012 y 2015, en el conocido como 'caso Tele7'. Según los hechos que declaró probados la Audiencia, IPG —la sociedad pública municipal encargada de gestionar el servicio audiovisual— y Comarques Centrals Televisió firmaron el 10 de febrero de 2013 un acuerdo para resolver anticipadamente el contrato suscrito un año antes.
Ese documento contemplaba el pago de 500.000 euros a la empresa privada y establecía además que ésta se comprometía a no emitir programación de contenido político en Gandia hasta 2016 salvo previo consenso con el Ayuntamiento. La Audiencia consideró entonces acreditado que las razones reales de aquella resolución contractual no respondían a las dificultades económicas alegadas, sino al interés de Arturo Torró de poner fin a la relación con la empresa y evitar que ésta emitiera programas políticos sin supervisión municipal.

- Arturo Torró, en una imagen de archivo.- Foto: ROBER SOLSONA/EP
Asimismo, entendió que Ricardo Manuel Faura aceptó esas condiciones a cambio de percibir una compensación económica superior a la que legalmente correspondía por la resolución del contrato. Sobre esa base, el tribunal condenó a Torró a tres años y seis meses de prisión y seis años y medio de inhabilitación absoluta, mientras que Faura fue condenado a un año y nueve meses de cárcel como cooperador necesario.
Ambos fueron además condenados a indemnizar solidariamente al Ayuntamiento de Gandia con 135.812,50 euros, cantidad que ahora queda sin efecto tras la absolución acordada por el Supremo.
El proceso se cierra tras el fallecimiento de los condenados
La resolución del TS llega después del fallecimiento de Arturo Torró y Ricardo Manuel Faura. El ex alcalde de Gandia fue asesinado el 19 de febrero de 2025. Su cuerpo apareció junto a un vehículo en la A-38, a la altura del término municipal de Xeresa, con un disparo en el pecho. El crimen continúa sin resolverse.
Durante la tramitación del recurso también falleció Ricardo Manuel Faura. Sus herederos decidieron mantener la impugnación presentada en casación, mientras que en el caso de Torró el recurso quedó desierto al no personarse sus herederos. No obstante, al estimar el recurso de Faura y de la empresa condenada como responsable civil subsidiaria, el Supremo extiende la absolución también al exalcalde y deja sin efecto la condena que pesaba sobre ambos.
El PP de Gandia celebra la absolución
Tras conocerse la sentencia, el Partido Popular de Gandia ha celebrado la decisión del Tribunal Supremo al considerar que pone fin a la única causa judicial que permanecía pendiente sobre Arturo Torró.
"Siempre hemos confiado en la inocencia de Arturo Torró. Hoy, la decisión del Tribunal Supremo viene a poner fin al único procedimiento judicial que seguía abierto y confirma la legalidad de su gestión pública al frente del Ayuntamiento de Gandia", señalan los populares en un comunicado.
Asimismo, lamentan "la persecución personal y política que Arturo Torró tuvo que padecer en vida como consecuencia de este procedimiento" y sostienen que "ninguna persona debería verse sometida a un juicio paralelo ni soportar una condena pública antes de que exista una resolución judicial firme. Actuar de ese modo debilita el Estado de Derecho y provoca un enorme sufrimiento personal, familiar y social".
Sobre esta cuestión, los populares exigen disculpas públicas a quienes responsabilizan de iniciar y mantener esa cacería personal y política, "en primer lugar, a la entonces alcaldesa y secretaria general del PSPV-PSOE de Gandia, Diana Morant, quien impulsó esta estrategia política; y, en segundo lugar, al actual alcalde y secretario general del PSPV-PSOE de Gandia, José Manuel Prieto, por haberla mantenido hasta el final".
"Ambos son responsables de haber contribuido a someter a una persona que hoy ha sido absuelta por el Tribunal Supremo a un auténtico calvario judicial y mediático, con enormes consecuencias personales, familiares y políticas. La resolución conocida hoy obliga, como mínimo, a un ejercicio de responsabilidad y de reparación pública", lamentan desde las filas populares.
Y respecto a la familia, el Partido Popular de Gandia exige que esas disculpas se hagan extensivas a la familia de Arturo Torró "que permaneció a su lado durante todo este proceso y sufrió igualmente las consecuencias de una campaña de descrédito cuya única causa pendiente ha quedado definitivamente resuelta con la absolución dictada por el Tribunal Supremo".