VALÈNCIA. Empieza a tomar forma la regulación urbanística con la que Manises quiere frenar la expansión de las viviendas de uso turístico. El Ayuntamiento ha dado un nuevo paso este jueves con la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) del informe ambiental y territorial estratégico de la modificación puntual número 31 del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), un trámite que permite continuar adelante con la reforma de la normativa municipal.
Cabe recordar que el Ayuntamiento acordó el 30 de julio de 2025 suspender la tramitación y el otorgamiento de licencias para estudiar una modificación puntual del PGOU sobre la regulación del uso de hospedaje en viviendas destinadas al turismo. La propuesta introduce nuevas condiciones para la implantación del uso terciario de hospedaje, dentro del que se incluyen las viviendas de uso turístico.
Entre las principales medidas figura la prohibición del hospedaje turístico en las plantas altas de los edificios destinados total o parcialmente a uso residencial, mientras que en las plantas bajas se plantea limitar su implantación en determinados ejes comerciales del municipio. De este modo, la norma diferencia entre las distintas partes de los edificios y las zonas del municipio.
En el caso de los "ejes comerciales estructurantes", la propuesta establece que el hospedaje y las viviendas de uso turístico no podrán implantarse en los locales de planta baja que tengan fachada a los viales incluidos en el listado municipal. En las parcelas en esquina, la restricción se aplicaría si cualquiera de sus fachadas recae sobre uno de esos viales.
El listado comprende diez espacios y tramos concretos: la plaza Alameda Park, la plaza Dos de Mayo, la calle Masía de la Cova, la calle Ribarroja, la calle Rodrigo Botet, la calle Valencia, la calle Molí de la Llum, la calle Santos Justo y Pastor, la plaza Rafael Atard y la plaza Vicente Barberá. El documento delimita para cada uno de ellos el tramo exacto al que se aplicaría la regulación.
Protección al comercio y mayor acceso a la vivienda
La razón que esgrime el Ayuntamiento para modificar el PGOU es doble. Por un lado, la protección del comercio de proximidad: la memoria advierte de que la transformación de locales en viviendas —turísticas o residenciales— en los principales ejes comerciales puede romper la continuidad de las fachadas activas, reducir la actividad y debilitar la función de los comercios como espacios de interacción y seguridad urbana.
Por otro, la prevención ante una posible mayor presión turística e inmobiliaria sobre Manises por su posición en el área metropolitana de València y su conexión aeroportuaria. El documento sostiene que las restricciones adoptadas en València pueden desplazar parte de esa presión hacia municipios del entorno.
A ello se suma la preocupación por el acceso a la vivienda. La memoria considera que el desplazamiento de viviendas desde el alquiler residencial de larga duración hacia el mercado turístico puede reducir la oferta disponible para residentes, tensionar los precios y favorecer procesos de expulsión de población. La modificación pretende, por tanto, priorizar el uso residencial y compatibilizarlo con otras actividades económicas.
Ordenación pormenorizada
No obstante, la reforma de la normativa municipal va más allá de los alojamientos turísticos. La modificación puntual número 31 también actualiza distintos parámetros urbanísticos del PGOU para adaptarlos a las necesidades actuales. Entre otras cuestiones, incorpora la regulación de estaciones de recarga de vehículos eléctricos en suelo industrial y comercial, establece distancias de seguridad para instalaciones de suministro de carburantes en determinados ámbitos industriales y revisa parámetros relacionados con las alturas de los edificios, las parcelas con pendiente y los patios interiores.
La modificación afecta a la ordenación pormenorizada del PGOU y no altera la clasificación del suelo ni la ordenación estructural del municipio. El paso dado ahora no supone, por tanto, la entrada en vigor de estas restricciones. El informe ambiental considera que la modificación no tendrá efectos ambientales significativos y permite continuar su tramitación, por lo que todavía deberá completar el procedimiento urbanístico necesario antes de su aprobación definitiva.