VALÈNCIA. El Consell anunció el pasado viernes la condonación de las devoluciones de ayudas Dana a aquellas personas que, cumpliendo con los requisitos establecidos en la convocatoria, hayan tenido dificultades justificadas para acreditar su condición. Una medida, con un coste máximo de 70 millones de euros, según explicó el portavoz del Gobierno autonómico, Miguel Barrachina, con la que el Consell condonará hasta un máximo de 20.000 euros por persona y ayuda.
Tal y como explicó Barrachina, el Consell otorgó ayudas mediante un ingreso "inmediato", de manera que la justificación de las mismas se haría a posteriori. El mecanismo permitía a los beneficiarios disponer del importe de manera rápida para atender las derivadas de la catástrofe, aunque en ocasiones se han encontrado con dificultades para acreditarlas: "Por ejemplo, autónomos que trabajaban en la zona Dana y que pueden tener su domicilio social o actividad en un municipio diferente a esa zona", señaló el portavoz del Consell.
De esta manera, el Ejecutivo autonómico anunció el viernes que no iba a "exigir la devolución de la ayuda" a aquellas personas que "cumpliendo los requisitos" hayan tenido "dificultades justificadas para acreditarlas". Esta acción llega después de que la Sindicatura de Comptes publicara un informe en septiembre en el que detectaba "riesgos de incumplimiento" en expedientes de ayudas Dana y advertía de que los mismos llevarían a tramitar "expedientes de reintegro".
El decreto que regula esta iniciativa, publicado este lunes, pone negro sobre blanco las líneas cubiertas, el procedimiento de condonación y la exención del pago de intereses de demora por parte de aquellas personas que deban reintegrar subvenciones recibidas tras la catástrofe.
Para obtener una condonación, en cualquier caso, las personas deberán ajustarse a la condición subjetiva de beneficiario - algo que comprobará la Administración antes de aplicar la condonación - y el importe máximo eximible será de 20.000 euros por ayuda y persona beneficiaria.
Son objeto de condonación las ayudas previstas en un total de siete decretos. En concreto se trata de las subvenciones para la pérdida de bienes de primera necesidad; para el mantenimiento del empleo y la reactivación económica de las empresas; para los autónomos de la zona afectada; para la pérdida de vehículos siniestrados durante el temporal; así como para la movilidad y adaptación de vehículos de personas con discapacidad y entidades del tercer sector.
Consulta aquí el listado completo de decretos de ayuda cubiertos por esta medida.
Según detalla el texto, cuando la ayuda concedida supere los 20.000 euros, la persona beneficiaria deberá reintegrar la diferencia de importe. En cualquier caso, el procedimiento será realizado de oficio por la propia Administración.
También se condonan los intereses de demora
Por otro lado, el decreto también establece la condonación de los intereses de demora en los expedientes de reintegro de las ayudas Dana. Para ello, fija dos condiciones: que las líneas estuviesen financiadas a través de los créditos extraordinarios concedidos por el Gobierno de España para cubrir medidas de recuperación tras la catástrofe, y que las bases reguladoras de la subvención se hayan publicado durante los ejercicios 2024, 2025 y 2026.
En todo caso, el texto aprobado por el Ejecutivo autonómico fija que "no resultarán exigibles" los intereses de demora de aquellas ayudas cuyas bases se hayan publicado en los últimos tres ejercicios. De igual modo que con el importe de las propias ayudas, esta medida será aplicada de oficio por la propia Administración.