El Juzgado de lo Penal No. 2 de Alicante ha condenado a dos años y un año de prisión, respectivamente, a las dos médicas que atendieron a Aitor en octubre de 2020, el niño de ocho años que murió de apendicitis tras acudir cinco veces a Urgencias sin que se le hiciera ninguna prueba que posibilitara detectar la dolencia. La magistrada las considera autoras de un delito de homicidio por imprudencia grave. La pena mayor, que asciende a dos años de prisión, es para la pediatra del Hospital de Elda, donde fue derivado el menor sin que se le practicara ninguna prueba. La magistrada impone además tres años y medio de inhabilitación para el ejercicio de la profesión médica a la doctora. Por su parte, la pediatra que atendió al menor en el centro de salud ha sido condenada a un año de prisión y tres de inhabilitación.
Los hechos se remontan al 24 de octubre de 2020, cuando la madre del menor llevó al centro de salud de Petrer al niño, después de que empezara a sufrir un dolor abdominal. Allí fue derivado al Hospital General de Elda, donde fue dado de alta horas después con la única indicación de seguir un control con su pediatra. Dos días después, recoge la sentencia, "y visto que el menor continuaba quejándose de dolor, sus abuelos lo llevaron nuevamente el 26 de octubre siguiente, sobre las 9,49 horas al Centro de Salud de Petrer, en el que fue reconocido por la Pediatra, reseñando en su informe que se encuentra ojeroso no tolera suero ni otros líquidos, y tras la exploración constata que presenta abdomen doloroso a la palpación con más intensidad en epigastrio y más leve en hipocondrio derecho e izquierdo, y por ello decide derivarlo nuevamente al Servicio de Urgencias del Hospital General de Elda".
Una vez allí, la pediatra que lo atendió "no cuantifica su frecuencia cardiaca, tampoco solicita ecografía abdominal, ni una analítica sanguínea siendo así que, dados los antecedentes del caso ya expuestos, lo indicado era efectuar dicha analítica, al menos, y en su caso una ecografía de abdomen como pruebas complementarias", añade el fallo. La acusada en su informe de alta del menor recomienda volver a urgencias si el niño vomita mucho, cuando ya lo hacía a razón de 7-9 vómitos diarios, y un control por su pediatra cuando dicho pediatra, ya lo había derivado en dos ocasiones al Hospital. "Constituye por tanto dicha actuación una mala praxis con infracción de las normas básicas de su profesión", según la jueza.
Ya el 28 de octubre, el menor fue de nuevo al centro de salud, con fuertes dolores abdominales. Pese a los antecedentes, la pediatra "no realiza exploración física del menor, ni le toma las constantes vitales, ni la tensión, ni la frecuencia cardiaca". Además, "a pesar del grave estado en el que se encontraba el niño, vistos todos sus antecedentes con varias visitas a urgencias, y 5 días de persistencia del dolor, no lo remitió al hospital de referencia, ya fuese mediante transporte propio, soporte vital básico o medicalizado. Con ello infringió normas básicas de su profesión", recoge la sentencia.
Al cabo de dos horas de ese día 28, los abuelos tuvieron que llamar a una ambulancia SAMU que fue al domicilio del menor dada la situación grave en la que se encontraba llevándolo al Hospital donde falleció. Una muerte que la jueza atribuye "como consecuencia de no acordar la realización de pruebas complementarias, espacialmente una analítica de sangre y una ecografía abdominal". Así, la acusada "no diagnosticó una apendicitis aguda en el menor, lo que dio lugar a una infección en el tracto digestivo con origen en el ciego y que evolucionó a una peritonitis con complicaciones" hasta causarle la muerte.