Comunitat Valenciana

El Consell concede el permiso ambiental con retroactividad a una planta de Renovalia tras una sentencia del TSJCV

La Generalitat concede la DIA a cambio de que la mercantil, que está siendo investigada por la Fiscalía por presunta fragmentación de un parque fotovoltaico, no realice la instalación en zona inundable

  • FOTO: PEPE OLIVARES
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VALÈNCIA. Renovalia, compañía que está siendo investigada por la Fiscalía de Valencia por una presunta fragmentación de un proyecto fotovoltaico en la comarca de Los Serranos, ha logrado que la Generalitat le conceda el permiso ambiental para una de sus plantas ubicada entre lso términos municipales ed Llíria y Casinos. 

Tal y como aparece en una publicación reciente del DOGV, la Conselleria de Medio Ambiente concede la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) a la denominada Godelleta 9 tras una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV) que da la razón a la mercantil. La empresa había recurrido la primera resolución negativa de la Generalitat, por lo que la autorización ambiental se concede ahora con dos años de retroactividad.

No obstante, la autorización llega condicionada. La principal exigencia es que la planta fotovoltaica se proyecte en una zona no inundable, dado que el emplazamiento inicial se encontraba en un área con riesgo de inundación, según detalla el documento publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

La resolución, fechada el 28 de enero de 2026, avala ambientalmente el proyecto de la planta solar Godelleta 9, de 50 MW de potencia y una vida útil estimada de 35 años, promovido por Renovalia Solardoil. La instalación ocupará cerca de 69 hectáreas dentro de una superficie catastral superior a las 100 hectáreas y contará con infraestructuras de evacuación soterradas hasta la subestación Llíria II.

En el propio documento, la Generalitat descarta expresamente que el proyecto constituya un caso de fragmentación artificial para eludir la evaluación ambiental ordinaria, uno de los aspectos que están siendo investigados por la Fiscalía en relación con otros desarrollos de la compañía en la zona. El órgano ambiental concluye que, por sus características, Godelleta 9 debe someterse por sí misma a evaluación ordinaria, sin que concurra ese supuesto.

El expediente administrativo revela, no obstante, que la tramitación inicial fue negativa. Informes de 2022 tanto de Infraestructura Verde como de ordenación territorial consideraban inviable el proyecto por su ubicación y por su afección al paisaje y al territorio, lo que llevó a la Generalitat a archivar el procedimiento en marzo de 2023. Esa decisión fue posteriormente anulada por el TSJCV, que obligó a retrotraer las actuaciones y emitir una nueva evaluación centrada únicamente en esta planta.

A raíz de la sentencia, la administración autonómica ha rehecho parte del análisis técnico, incorporando nuevos informes. Entre ellos, destaca el emitido en noviembre de 2025 sobre riesgo de inundación, que confirma que una parte relevante de la planta se sitúa en zonas afectadas por peligrosidad geomorfológica. De ahí deriva la principal condición impuesta, que radica en que la empresa deberá presentar un nuevo diseño que excluya completamente estas áreas.

De hecho, la propia mercantil aceptó durante la tramitación retirar los paneles de las zonas inundables y reubicar infraestructuras auxiliares fuera de estos espacios, especialmente en el entorno del barranco de Castellar. La compatibilidad del proyecto queda, por tanto, supeditada a esta modificación sustancial.

Más allá del riesgo hídrico, la DIA introduce un amplio paquete de exigencias ambientales. En materia de paisaje, obliga a reducir la implantación en las zonas más sensibles, evitar las áreas de mayor cota y preservar elementos tradicionales como bancales o franjas de cultivo. También impone la creación de espacios de transición sin paneles en torno a zonas forestales y cauces, así como la integración visual de la planta mediante vegetación y adaptación al relieve.

En el ámbito ambiental, la resolución establece medidas específicas para la fauna (como la instalación de cajas nido, charcas o pasos que eviten el efecto barrera) y prohíbe el uso de herbicidas. Asimismo, fija obligaciones de restauración del terreno una vez finalice la vida útil de la instalación, que deberá devolverse a su estado agrícola original.

Durante la fase de información pública, el proyecto recibió alegaciones en contra por parte de particulares, que alertaban del impacto acumulativo de varias plantas en la zona, la pérdida de suelo agrícola o la afección paisajística. Sin embargo, el promotor no respondió formalmente a estas alegaciones en ese momento, aunque sí manifestó su conformidad con los condicionantes técnicos de las administraciones.

La resolución también contextualiza el proyecto dentro de los objetivos energéticos autonómicos y estatales, que prevén un fuerte incremento de la potencia fotovoltaica para avanzar en la descarbonización. Actualmente, la Comunitat Valenciana cuenta con unos 1.840 MW instalados y aspira a alcanzar los 2.500 MW en 2030.

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