MADRID (EFE). El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el presidente del Gobierno en relación con los artículos 127, 129, 136, 139 y 140 de la Ley de Acompañamiento 5/2025, de 30 de mayo, que modifican la conocida como Ley Trans valenciana de 2017.
El recurso, según ha informado el alto tribunal, también se interpone contra el artículo 195 de la Ley 5/2025 en la redacción dada a la letra a) del apartado 1 de la disposición adicional decimoctava de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de Función Pública Valenciana.
El Tribunal, tras invocar el Gobierno el artículo 161.2 de la Constitución, ha suspendido la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso (26 de febrero de 2026) para las partes del proceso y desde el día en que aparezca publicada la suspensión en el Boletín Oficial del Estado para los terceros.
El presidente del Gobierno en su demanda alega que estos preceptos podrían ser contrarios a los artículos 149.1.1, 8 y 16 de la Constitución, en relación con varias leyes estatales que cita como básicas, como la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.
También sostiene la posible vulneración, entre otras, de los artículos 10.1, 14, 15 y 18 de la Constitución.
El Pleno del Tribunal ya admitió a trámite el pasado mes de septiembre el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Defensor del Pueblo en relación con el párrafo segundo del artículo 16.2.b) de la Ley 8/2017, de 7 de abril, integral del reconocimiento del derecho a la identidad y a la expresión de género en la Comunitat Valenciana, incorporado mediante el artículo 136 de la Ley 5/2025, de 30 de mayo, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat.
El Constitucional admite el recurso del Gobierno contra la Ley Trans valenciana
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