Comunitat Valenciana

El Gobierno admite la ineficacia de las normas urbanísticas contra inundaciones como las del 29-O

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VALÈNCIA. Uno de los aspectos clave para analizar el devastador impacto de las inundaciones provocadas por la Dana del pasado 29 de octubre es, sin duda, la ordenación urbanística. El Gobierno central lo sabe bien, y ya anunció su intención de endurecer la legislación de cara a la implantación de determinados usos urbanísticos en zonas inundables. En ese sentido, su Plan para la reconstrucción y prevención frente a futuras catástrofes reconoce que la normativa urbanística vigente no es del todo eficaz para evitar muchos de los daños sufridos por riadas como la del pasado año.

El documento, elaborado por el Ministerio de Transición Ecológica y que ha salido a exposición pública, plantea modificaciones normativas tras admitir que las limitaciones existentes a determinados usos en zonas inundables son insuficientes y que los informes elaborados por los organismos de cuenca -en este caso la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ)- deben servir para impedir la implantación de actividades vulnerables en zonas de peligro como las afectadas por la Dana.

Así, reconoce que el Reglamento del Dominiio Público Hidráulico (RDPH) restinge las principales limitaciones sólo a la llamada zona de flujo preferente: las "vías de intenso desagüe" cuando hay avenidas y las áreas con peligro para personas y bienes en un período de retorno de 100 años. Esto significa que los terrenos con una menor probabilidad de verse afectados por una riada de gran magnitud, con períodos de retorno de hasta 500 años, quedaban fuera de estos límites.

El Reglamento, modificado en 2016, "fue más permisivo" en esas áreas consideradas inundables pero con menor probabilidad de gran catástrofe, donde "solo se establecen prescripciones generales y recomendaciones", si bien el Gobierno está habilitado para fijar restricciones para garantizar la seguridad de personas y bienes. Con todo, son "escasas" las limitaciones establecidas aquí, entre las cuales estaría por ejemplo, la exigencia de elevar los usos residenciales en los edificios para evitar la afectación de las inundaciones, o la elaboración de estudios para evitar el colapso de las edificaciones, pero poco más.

  • Catarroja, tras el paso de la Dana. Foto: EDUARDO MANZANA/EP

El problema es que el episodio del pasado 29 de octubre superó cualquier expectativa y rebasó los registros esperados en zonas con este grado de exposición, cuya probabilidad hasta ahora era menor. Por ello, el Miniserio reconoce que la limitación de usos de suelo sólo en la zona de flujo preferente "puede no ser suficiente en algunos casos, como ha sido la zona más afectada por la reciente Dana en la Comunidad Valenciana".

También cuestiona el papel de las confederaciones hidrográficas, que según la Ley de Aguas han de emitir informes preceptivos sobre los planes urbanísticos antes de su aprobación. Sin embargo, explica el Plan elaborado por el Ministerio, estos informes "se han centrado fundamentalmente en la zona de flujo preferente y no parece que hayan sido tan eficaces para evitar la localización de usos y actividades vulnerables en el resto de la zona inundable", por lo que considera conveniente "mejorar la coordinación entre adminitraciones" para que estos documentos "colaboren" en impedir que ocurra esto en toda la zona inundable y no solo en la más peligrosa.

El Plan pone ejemplos concretos del barranco del Poyo en municipios como Picanya y Paiporta, donde la llamada zona de flujo preferente (la de mayor probabilidad de inundación) "coincide con el cauce y el dominio público hidráulico" y se ha conformado con períodos de retorno menores a los 500 años, ampliamente superados por una riada casi insólita como la de 2024. Pero además, alerta precisamente de que, en la zona afectada por la Dana y "especialmente" en la cuenca del Poyo, se han detectado "usos y equipamientos de especial vulnerabilidad" en zonas catalogadas con un período de retorno de 500 años. Se trata de escuelas, instalaciones deportivas, residencias de la tercera edad, centros sanitarios o instalaciones de producción energética, entre otros.

  • Equipamientos vulnerables en zonas con período de retorno de 500 años. Fuente: Miteco

"La experiencia de la inundación causada por la Dana del 29 de octubre de 2024 debe orientar las acciones a seguir en la ordenación de las zonas inundables", plantea el documento, que pone algunos ejemplos como "analizar la posibilidad, conjuntamente con las comunidades autónomas, de incrementar la regulación de usos en toda la zona inundable". Pero también "actualizar" los equipamientos "en zonas de mayor peligrosidad o de gran vulnerabilidad social", o obligar a los municipios a que todos los planes urbanísticos "integren los mapas de peligrosidad y riesgo en zonas inundables", así como "fomentar" ordenanzas municipalas asociadas a este peligro.

Limitaciones del PATRICOVA

En el caso de la Comunitat Valenciana, el documento del Ministerio reconoce el Plan de Acción Territorial sobre Prevención del Riesgo de Inundación (PATRICOVA) como "el primer ejemplo en España", aprobado en 2003, que vinculaba la ordenación del territorio con cada nivel de peligrosidad en esta materia. Así, establece una serie de usos prohibidos o condicionados en las zonas inundables, en función de la probabilidad del evento y de los calados asociados.

Así, recoge "limitaciones importantes" en zonas con un período de retorno de 500 años y un calado superior a los 0,8 metros. Pero, explica el documento del Ministerio, estas limitaciones "son, principalmente, en suelo no urbanizable" mientras que, para los suelos urbanizables, no existen restricciones sino que "solicita medidas de reducción de la vulnerabilidad a través de una reordenación y medidas de autoprotección".

Cambios normativos tras la Dana

Tras la catástrofe, el Ministerio está trabajando en la actualización del Reglamento del Dominio Público Hidráulico en los aspectos relacionados con la gestión del riesgo de inundación, así como del Real Decreto de evaluación y gestión del riesgo de inundación. El objetivo es regular de forma más estricta los usos en las zonas inundables e incorporar medidas de resiliencia y adaptación al riesgo de inundación de los elementos vulnerables existentes en estas zonas, además de establecer "un marco común de colaboración" entre administraciones para "mejorar la implantación de medidas de protección frente a inundaciones".

Otra de las mejoras que se quiere implementar es que las obras de protección frente a inundaciones sean declaradas de interés público, con la agilización de trámites que ello conlleva. Para ello, se modificará el Real Decreto de evaluación y gestión de riesgos de inundación, y se aprovechará para incluir el Catálogo Nacional de Inundaciones Históricas, mejorar la coordinación con autoridades locales y la promoción de la adaptación al riesgo de inundaciones así como la formación en esta materia.

La consulta pública lanzada previamente a acometer estos cambios destacaba entre los motivos de estos cambios la Dana del pasado 29 de octubre, que batió el récord nacional de intensidad de la precipitación acumulada. "Esta situación se desmarca de lo que, hasta ahora, se consideraba en los mapas de peligrosidad como escenarios de probabilidad alta, media (retorno de 100 años) y baja (retorno de 500 años)", recogí el documento de la consulta pública, ya finalizada.

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