Comunitat Valenciana

El juez vuelve a archivar el caso Oltra: "Se basa en meras conjeturas o sospechas"

El caso queda pendiente de posibles recursos de las acusaciones, que deberá resolver la Audiencia Provincial

  • Foto: KIKE TABERNER
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VALÈNCIA. El juez encargado de la instrucción del caso de Mónica Oltra ha vuelto a archivar la causa contra la ex vicepresidenta del Consell y otras 14 personas. El instructor ha acordado el sobreseimiento provisional de la causa sobre el tratamiento de la menor que sufrió abusos por parte de un monitor, exmarido de la que fuera consellera de Igualdad, y ha rechazado la apertura de juicio oral contra la ex dirigente de Compromís y su equipo al no ver indicios de delito. La decisión no es firme y contra ella cabe recurso.

La decisión del magistrado Vicente Ríos llega tras atender los argumentos esgrimidos por la Fiscalía, que tampoco veía indicios delictivos, las defensas de la quincena de imputados y las acusaciones. Cabe recordar que el titular del Juzgado de Instrucción 15 de Valencia ya acordó el sobreseimiento provisional de la causa tras practicar la investigación pertinente, si bien más tarde la Audiencia Provincial le obligó a reabrir el caso. Por ello, dictó el auto de procedimiento abreviado "por imperativo legal", y tras escuchar a las partes, ha insistido en su postura.

La postura manifestada por el titular del juzgado de instrucción no ha pillado desprevenido a nadie en ese sentido. "Las acusaciones, particular y populares, en definitiva, se basan en meras conjeturas o sospechas, no susceptibles de convertirse en prueba de cargo alguna", expone el auto dictado este viernes y al que ha tenido acceso este diario: "Estimo que nadie debe ser juzgado sin que exista un solo indicio racional de criminalidad contra el mismo y, en conciencia, reitero que no los aprecio en la conducta de los encausados".

Así, el magistrado insiste en que coincide "plenamente con el criterio expuesto por el Ministerio Fiscal: los hechos no son constitutivos de infracción penal alguna; pero es que, además, no existe absolutamente ningún indicio de que cualquiera de los acusados haya llevado a cabo hechos penalmente relevantes".

El juez recuerda que está obligado a abrir juicio oral si tanto la Fiscalía como las acusaciones coinciden en pedirlo, pero la ley confiere al magistrado la posibilidad de acordar el sobresimiento si hay alguna petición de archivo. Con todo, el caso queda pendiente de posibles recursos de las acusaciones, que deberá resolver en segunda instancia la Audiencia Provincial. La misma que ya ordenó proseguir con la fase intermedia del procedimiento judicial.

Destaca que el magistrado reseña en el auto que "las partes acusadoras introducen en sus escritos de acusación determinados hechos que no se ajustan" a los que centraba el auto de procedimiento abreviado, que es el que establece el marco en el que las partes pueden realizar sus acusaciones.

Las acusaciones pedían hasta seis años

La acusación particular, en representación de la víctima de los abusos, la dirige el presidente de España 2000, José Luis Roberto, que en sus escritos sostiene que el centro de menores donde se produjeron los abusos nunca comunicaron los hechos a la Fiscalía y tardó mucho en investigarlos e incluso, según expone, al comenzar las indagaciones judiciales, entorpecieron la investigación. Reclamaba tres años y medio de cárcel por los delitos de prevaricación, malversación y contra la integridad moral.

Por otro lado, ejercen la acusación popular el partido político Vox y la asociación Gobierna-Te, dirigida por la polemista Cristina Seguí, que pedían tres años y medio y seis años respectivamente.

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