Comunitat Valenciana

El TSJ anula la prórroga de una comisión de servicios a un funcionario en el Servicio de Asuntos Económicos de Les Corts

  • Fachada del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat.
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VALÈNCIA (EP). El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha anulado dos resoluciones del Letrado Mayor Secretario General de Les Corts de 27 de julio de 2022 y de la Mesa de Les Corts de fecha 6 de septiembre de ese año para prorrogar la comisión de servicios concedida a un trabajador, al tiempo que ordena que se ponga fin a esa situación desde la toma de posesión --15 de junio de 2022-- de la persona que ha resultado adjudicataria de la plaza.

De esta forma, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Alto Tribunal valenciano estima parcialmente el recurso contencioso administrativo contra las resoluciones que acordaban la prórroga de la comisión de servicios concedida a una persona en el puesto de técnico medio de administración parlamentaria (subgrupo A2), adscrito al Servicio de Asuntos Económicos de Les Corts.

La sentencia, que tiene fecha de marzo y que ha sido consultada por Europa Press, señala que "la demanda debe ser estimada en cuanto a la pretensión de dar por finalizada la comisión de servicios otorgada al codemandado, al concurrir causa legal que así lo justifica, como es el hecho de haber sido nombrado un tercero (adjudicatario de la plaza) funcionario de carrera y existir una toma de posesión en la plaza afectada".

Para la sala, "no resulta a estos efectos relevante que, como dice la Administración demandada, dicha toma de posesión no fue efectiva sino una mera formalidad pues el adjudicatario no llegó a realizar ninguna de las funciones de esa plaza, sino que fue autorizado a continuar temporalmente el mismo puesto que hasta entonces había venido ocupando también con carácter temporal dentro de Les Corts".

"Tampoco la existencia de precedentes dentro de la propia Administración justifica la actuación realizada ni otorga legalidad a la misma cuando como hemos señalado, resulta contraria a la normativa aplicable a las situaciones de comisión de servicios. Y lo cierto es que, conforme a dicha normativa, el nombramiento del adjudicatario tras el desarrollo del correspondiente proceso selectivo como funcionario de carrera y posterior toma de posesión (hechos no controvertidos), resultan circunstancias suficientes para producir el cese de la comisión de servicios desde la fecha en que dicha toma de posesión se hizo efectiva", argumenta.

CCOO advierte: acción judicial "inminente"

El sindicato CCOO, que sostiene que la sentencia "no se ha ejecutado", ha señalado que esta decisión de la sala supone que, "tanto el letrado mayor como la Mesa de Les Corts dictaron resoluciones que prorrogaban de forma ilegal la comisión de servicios concedida por un año a un funcionario en el Servicio de Asuntos Económicos".

La consecuencia de ello es que tanto el Letrado Mayor como la Mesa de Les Corts se enfrentan a una acción judicial "inminente por prevaricación", advierte la organización sindical en un comunicado.

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