VALÈNCIA (EP). La Fiscalía se muestra a favor de la decisión de la jueza de Catarroja (Valencia) que investiga la gestión de la Dana de abrir una pieza separada por si cabe sanción al letrado de uno de los investigados en la causa, el ex secretario autonómico de Emergencias Emilio Argüeso, por si su conducta pudiera ser "contraria a la buena fe y al respeto debido" a la propia magistrada.
Así figura en un escrito dirigido por el representante del Ministerio Público, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que se refiere a la decisión de la magistrada de la plaza número 3 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Catarroja de abrir una pieza separada para ver si cabe sanción al abogado de Argüeso, José María Bueno.
En un auto del pasado mes de septiembre, la instructora lamentaba la "campaña difamatoria" y un "machismo atroz" contra ella. Ahora, el fiscal, en su escrito al tribunal en el que se opone al recurso de reforma interpuesto por la representación procesal de Argüeso contra la resolución de la jueza, considera que la apertura de la pieza separada de sanción al letrado "ha sido debidamente motivada y justificada".
Matiza que la apertura de la pieza "no supone la imposición de sanción alguna, tratándose del trámite procesal previsto en los artículos 552 a 557 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en concordancia con el artículo 247 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para la corrección disciplinaria que corresponde a los Juzgados y Tribunales en desarrollo de sus facultades gubernativas, englobadas en la denominada policía de estrados".
En consecuencia, señala, observada por el tribunal una conducta del abogado que "pudiera ser contraria a la buena fe y al respeto debido, en este caso, a la Juez de Instrucción, resulta procedente la incoación de un procedimiento sancionador".
Informe guardia civil
En este mismo escrito, la Fiscalía respalda igualmente la decisión de la jueza Nuria Ruiz Tobarra de no citar a los agentes que elaboraron el informe de la Guardia Civil sobre el día de la Dana para que amplíen y ratifiquen este dictamen, petición que, además de la representación de Emilio Argüeso han realizado otras partes, entre ellas Vox.
El fiscal argumenta que se justifica "perfectamente" la negativa de la jueza a llamar a los guardias civiles, "puesto que el contenido de dicho informe ya obra en actuaciones, recogiendo, de forma extensa, sus indagaciones, sus fuentes y sus conclusiones".
"Pese a las alegaciones del recurrente, --hace notar-- tal informe no reviste el carácter pericial que le atribuye en su escrito, puesto que no contiene ningún tipo de conocimiento científico o artístico, conforme a la redacción del artículo 456 y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, constituyendo su objeto una relación, compilación y ordenación de datos obtenidos mediante diferentes medios, debidamente expuestos y recogidos por sus autores".
Y añade que, pese a que la defensa de Argüeso alega la necesidad de someter a la debida contradicción el informe de la Guardia Civil, "no expone a qué aclaraciones propone someter a los agentes, qué ampliación pretende solicitarles, ni sobre qué extremos de su informe considera necesario formularles preguntas, limitándose a justificar su petición en la mera ratificación de su informe, lo cual, una vez aportado este al procedimiento, dista mucho de constituir una diligencia instructora esencial".
Por todo ello, el Ministerio Fiscal entiende que la diligencia interesada por la defensa "no resulta necesaria, útil ni pertinente a los fines de la instrucción, al constar en las actuaciones el informe". En la misma línea, advierte que supondría "un perjuicio para la tramitación de la causa en caso de que fuera admitida, puesto que se provocaría una dilación innecesaria a una instrucción ya extensa de por sí".