VALÈNCIA (EP). La Vicepresidencia Tercera y Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación ha iniciado el trámite de consulta pública previa para la revisión del Catálogo de Playas de la Comunitat Valenciana, con el objetivo de "recabar la opinión de la ciudadanía antes de la elaboración del nuevo texto normativo".
Así lo ha confirmado el director general de Costas, Puertos y Aeropuertos, Marc García Manzana, quien ha destacado que, en la revisión de este catálogo, "se pretende que haya una participación activa de los municipios, que al final son los que conocen la realidad de sus playas y los que, posteriormente, gestionarán en temporada", según ha explicado la Generalitat en un comunicado.
Manzana ha subrayado que "la Ley de Costas estatal establece dos categorías de playas, las naturales o las urbanas, mientras que desde la Generalitat "entendemos que hay más variedad y por eso se establecen cinco categorías de playas en función del tipo de naturalidad o urbanización de las mismas".
Desde la administración han informado que las personas y las organizaciones potencialmente afectadas por la futura norma pueden realizar sus aportaciones o manifestar su opinión sobre los aspectos planteados, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), preferentemente a través del Portal de Participación de la Generalitat.
Catálogo de playas
El futuro Catálogo de Playas de la Comunitat Valenciana tendrá como objeto la delimitación de los tramos naturales y urbanos demandados por la legislación básica de costas, así como el establecimiento de unos criterios generales para los usos y actividades a implantar en el dominio público marítimo-terrestre, desarrollando la legislación básica del Estado en materia de costas.
En función de los requerimientos y la presencia de hábitats, flora o fauna, se regulan las actividades permitidas en las playas naturales, así como sus períodos de exclusión temporal, siempre con la salvaguardia de las necesarias funciones de seguridad y salvamento marítimo y la limpieza de las playas en períodos que no comprometen los valores protegidos por el Catálogo.