VALÈNCIA. Los nuevos datos aportados por el servicio de teleasistencia de la Generalitat Valenciana a la jueza de la Dana revelan que, cuando se convó el Cecopi la tarde del 29 de octubre, ya era tarde. Así lo constata la instructora en un auto de este miércoles, donde asegura que "la gravedad de lo sucedido, la carencia de avisos a la población lo patentiza, una vez más otra
prueba", en relación a las llamadas que recibió el mencionado servicio de teleasistencia.
Eran llamadas "tanto de las personas que fallecieron, conscientes del avance del agua, como las de sus familiares". "En el procedimiento se acumulan decenas de testimonios de personas que vieron a sus allegados fallecer, familiares que avisaron a los servicios de emergencia con resultado nulo, que alertaban del lugar concreto donde estaban a punto de perecer, que se despedían, que intentaban sostener a sus familiares, física y anímicamente", relata el auto de la magistrada, que partiendo de las horas de esos contactos señala que la reunión del Cecopi, convocada para las 17h de la tarde, ya era tardía para muchos municipios.
El Cecopi se había convocado a las 15h para celebrarse a las 17h pero, dice la juez, "no se celebró inmediatamente tras su convocatoria". "El retraso no sólo era manifiesto con carácter general para la organización de las medidas de protección a la población, (máxime si tenemos en cuenta cómo se desarrolló la reunión, con cortes continuos y desconexiones de los intervinientes presenciales para reflexionar)", sostiene la magistrada, sino que "en dicha reunión ya no se podían adoptar medidas para salvar la vida de las víctimas de Utiel, ya que a dicha hora habían fallecido en su mayoría o estaban a punto de fallecer." Lo mismo sucedió en localidades como L'Alcúdia, Godelleta, Turís y Torrent.
Ciertamente, la convocatoria del Cecopi no es esencial para la adopción de medidas de protección a la ciudadanía, puesto que no hace falta esperar al nivel de emergencia 2 para ello. No en vano, en la última situación de temporal, en septiembre de 2025, se envío una alerta masiva a la población a través del ES Alert cuando todavía se estaba en situación de preemergencia.
Como constató la Conselleria de Emergencias en uno de sus informes, estas medidas le corresponden al director del plan, que dependiendo del nivel de emergencia, es uno u otro. Este es "la persona titular de la conselleria competente en materia de protección civil y emergencias" aunque en situaciones 0 y 1 de emergencias, "con objeto de mejorar la operatividad en la gestión", esta delega en el 'número dos' de la Conselleria, el director de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias (AVSRE).
La magistrada trae a colación algunos contactos telefónicos de usuarios de la teleasistencia con la 'centralita', como por ejemplo una llamada realizada por la hija de una de las víctimas, a las 15:51h, en la que expresaba que Utiel ya estaba inundada y "la preocupación" que sentía por su madre. Preocupación que "desgraciadamente se hizo realidad". En la documentación aportada por la Conselleria de Servicios Sociales constaba que el día 29 de octubre de 2024 activaron el servicio de teleasistencia seis personas.
Los vídeos sobre el Cecopi
La magistrada considera que los vídeos que se están recabando de diferentes fuentes sobre lo que sucedió en el centro de emergencias de l'Eliana "está proporcionando valiosísima información sobre la reunión del Cecopi y las horas previas". Por ello, ha aceptado la diligencia solicitada por Acció Cultural del País Valencià (ACPV) para requerir a RTVE el documental que emitió con motivo del primer aniversario de la Dana, Les hores crítiques, que incluía imágenes inéditas de aquella tarde. Y ha pedido a À Punt que "verifique en sus archivos" si tiene "brutos, con imagen y sonido" de dichos momentos.
Ha de reiterarse la fundamentación expresada en previas resoluciones sobre la aportación de grabaciones, su pertinencia y proporcionalidad", arguye la magistrada, quien señala que ha de "valorarse el carácter de medio público en el acceso a las grabaciones, la existencia de un procedimiento penal, la ponderación de los intereses en conflicto y el contenido de las grabaciones aportadas hasta el momento". "El requerimiento interesado y la aportación en su caso de los vídeos permiten dar una información veraz de lo sucedido", concluye la jueza al respecto. que refleja RTVE en su documental.