VALÈNCIA (EP). La magistrada de Catarroja (Valencia) que instruye la causa de la Dana ha rechazado la petición formulada por la acusación popular que ejerce Ciudadanos para solicitar la triangulación de los móviles de los dos investigados, la exconsellera de Justicia e Interior el 29 de octubre, Salomé Pradas, y el que fuera su número dos, el ex secretario autonómico Emilio Argüeso, en una franja horaria en el día de las riadas.
Así consta en un auto facilitado este lunes por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en el que la magistrada instructora rechaza esta y otra diligencia de investigación pedida por Ciudadanos: requerir a Àpunt Media una posible grabación de sonido de una de sus cámaras en el Cecopi el 29O.
Respecto a la triangulación de los teléfonos móviles usados por los dos investigados en esa causa entre las 7.00 horas de ese día y las 5.00 horas del 30 de octubre, la magistrada apunta a que no puede accederse a ella por el carácter imprudente de los delitos objeto de investigación y, para ello, parte del artículo 588 la Lecrim, que regula este ámbito, y cita jurisprudencia para señalar que se debe tener en cuenta la ponderación de los derechos constitucionales en juego.
"Ha de partirse del carácter imprudente de los delitos objeto de investigación (homicidios y lesiones), lo que excluye la adopción de esta medida, y del necesario respeto a los derechos fundamentales de los investigados, sin que proceda la obtención de pruebas en violación de dichos derechos, como tampoco la aportación al proceso de pruebas ilícitamente obtenidas", señala la magistrada en su reolución.
En cuanto a la petición de la grabación a À Punt, indica que podría afectar al secreto profesional de los medios de comunicación "reconocido constitucional y jurisprudencialmente". Así, señala que en el procedimiento ya obran las grabaciones de los programas emitidos por la televisión autonómica y que no es factible acceder a los archivos "de cualesquiera grabaciones que se pudieran haber obtenido por los medios" porque "entraría dentro del secreto profesional de los medios reconocido constitucional y jurisprudencialmente".
"En cualquier caso, se desconocen las circunstancias en que se produjo la eventual grabación, si el periodista o el camarógrafo estaba junto a la cámara, por lo que no es admisible el requerimiento pretendido", concluye.
Nuevos testigos
Paralelamente, la letrada de la Administración de Justicia (LAJ) del órgano judicial ha emitido una diligencia de ordenación en la que, entre otras cosas, fija para los días 7, 15, 20, 28 y 29 de octubre las declaraciones como testigos de dos técnicas de operación de Emergencias; un operador de comunicaciones y emergencias; la jefa de servicio de coordinación del 112 y un bombero del Consorcio Provincial de Bomberos de Valencia.