MADRID (EP). El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este miércoles una nueva modificación de la orden por la que se establecen para el período 2021-2027 las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa europeo Erasmus+, para los capítulos de educación no formal, y la orden de creación de la Agencia Nacional Española para la gestión de los capítulos de juventud y deporte de dicho programa y del programa Cuerpo Europeo de Solidaridad.
Esta modificación, impulsada por la ministra de Juventud e Infancia, Sira Rego, habilita, entre otras modificaciones, la posibilidad de contar con personal experto destinado a la evaluación de los proyectos y de los informes finales, conforme a lo establecido en la Guía del programa Erasmus+.
La orden, recogida por Europa Press, señala que la experiencia en la gestión del programa Erasmus+ ha puesto de manifiesto "la existencia de posibles mejoras que aconsejan realizar una nueva modificación de la orden de bases reguladoras".
Así, la modificación busca "aclarar elementos relativos al régimen jurídico que aplica a la concesión, los proyectos que componen las acciones clave del programa, actualizar la denominación del órgano instructor, e incluir la posibilidad de incluir una relación de beneficiarios suplentes en la resolución de concesión".
Asimismo, ajusta algunas cuestiones técnicas que faciliten la gestión del programa, por ejemplo, establecer la convocatoria abierta con carácter potestativo, aclarar la composición y reglas de funcionamiento de la Comisión de Evaluación, y clarificar el uso de fondos remanentes tras las subvenciones de las distintas rondas de concesiones, excluida la última, en el caso de que la convocatoria tenga carácter abierto.
Adicionalmente, se actualiza la URL de la página web del programa Erasmus+ del INJUVE y se prevé la posibilidad de supeditar la concesión de las subvenciones en cada ámbito territorial a la disponibilidad presupuestaria que se consigne para cada uno de ellos en la convocatoria, de forma que se asegure una participación territorial equilibrada.
También se explicitan las consecuencias jurídicas de la falta de cumplimentación de un trámite por las personas beneficiarias. Finalmente, se deroga la disposición adicional única de dicha orden, con el fin de habilitar la posibilidad de contar con personal experto destinado a la evaluación de los proyectos y de los informes finales, conforme a lo establecido en la Guía del programa Erasmus+.
El Gobierno justifica modificación "en la necesidad de garantizar una mayor calidad técnica y objetividad en las evaluaciones, atendiendo al incremento sostenido del número de solicitudes y de proyectos subvencionados, y ante la insuficiencia de los medios personales disponibles en el organismo para el adecuado cumplimiento de dichas funciones".
Para acometer esta mejora en la evaluación de los proyectos, es necesaria a su vez la modificación de la normativa reguladora de la Agencia Nacional Española para los programas Erasmus+ y Cuerpo Europeo de Solidaridad, en particular, la Orden DSA/1221/2023, de 3 de noviembre, de creación de la Agencia Nacional Española para la gestión de los capítulos de juventud y deporte del programa Erasmus+ y del programa Cuerpo Europeo de Solidaridad.
En aplicación del principio de eficiencia, esta orden "contribuye a racionalizar la gestión de los recursos públicos". La orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.1.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva para la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales.
"La gestión centralizada de las ayudas se justifica en razón de la eficiencia para la gestión de un programa internacional que abarca al conjunto del territorio nacional; en la garantía de las posibilidades de igual participación en el programa por jóvenes de todo el territorio nacional; en el citado acuerdo del Consejo Interterritorial de Juventud de 26 de enero de 2021 y en las funciones que reconoce el artículo 27 del Reglamento n.º 2021/817 respecto del INJUVE como agencia nacional para el programa", apunta el documento.