Educación

Sancionada la Universidad Internacional Valenciana por usar datos biométricos de alumnos

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MADRID (EFE). La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado con una multa de 650.000 euros a la Universidad Internacional Valenciana (UIV) por obligar al alumnado a registrarse con sus datos biométricos para realizar exámenes a distancia.

La resolución de la AEPD se basa en una denuncia en la que se indicaba que la universidad privada impone un sistema de monitorización de exámenes a distancia que implica "obligatoriamente y sin alternativas válidas para el alumnado, el uso de tecnologías biométricas de reconocimiento facial y doble cámara".

La universidad utiliza este sistema para evitar fraudes y suplantaciones en evaluaciones académicas online y justifica el tratamiento de los datos personales biométricos "en la necesidad de garantizar la autenticidad y calidad" de los exámenes.

Sin embargo, pese a incidir que contaba con el consentimiento libre y expreso del alumnado (otorgado al matricularse y aceptar las condiciones generales), la Agencia de Protección de Datos basa su sanción en que se tratan de datos de categoría especial que solo pueden utilizarse en casos excepcionales y señala que el consentimiento no puede considerarse válido porque no se daba alternativa real y efectiva a los estudiantes al ser el software empleado el único método permitido para realizar los exámenes online.

"Su rechazo por parte del alumnado implicaba perder su derecho a la evaluación. Tampoco se considera un consentimiento válido la aceptación obligatoria de unas condiciones generales al matricularse", recuerda la resolución, que también rechaza que exista el interés público esencial.

No obstante, Protección de Datos no cierra la puerta al uso de estos sistemas, incluso con Inteligencia Artificial, siempre y cuando sean regulados a través de una ley habilitante específica.

A juicio de la AEPD, dicha ley habría de expresar la finalidad de prevención del fraude académico como interés público esencial perseguido y habría de incluir las circunstancias y modalidades específicas de aplicación del tratamiento biométrico y en su caso con IA de considerarse posible y los elementos básicos de las garantías técnicas, organizativas y procedimentales exigidas para proteger derechos fundamentales.

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