Opinión

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El tabú del régimen foral: por qué País Vasco y Navarra no juegan con las mismas reglas

Publicado: 21/01/2026 ·06:00
Actualizado: 21/01/2026 · 06:00
  • El lehendakari, Imanol Pradales, con Pedro Sánchez en julio de 2025.
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El debate sobre la financiación autonómica en España suele presentarse como un problema técnico, complejo y casi inabordable. En realidad, arrastra un tabú político que condiciona cualquier reforma seria del sistema: la coexistencia de dos modelos de financiación radicalmente distintos dentro del mismo Estado y con los mismos derechos constitucionales para los ciudadanos.

La polémica reforma del sistema pactada entre el Gobierno y ERC ha vuelto a poner este debate en primer plano. El acuerdo se presenta como un avance hacia una financiación “más justa” y un mayor reconocimiento de la singularidad catalana. Sin embargo, la discusión se ha centrado casi exclusivamente en los efectos para Cataluña y el resto de comunidades de régimen común, eludiendo de nuevo el elefante en la habitación: cualquier reforma que no incorpore al régimen foral nace estructuralmente limitada.

Mientras la atención mediática se concentra en la pugna entre comunidades de régimen común —quién gana, quién pierde, quién se sube al tren—, el elemento más determinante del sistema permanece fuera de discusión: País Vasco y Navarra no participan en la caja común ni en los mecanismos de nivelación que sí afectan al resto de comunidades autónomas.

La diferencia no es menor. En el régimen común, el Estado recauda los grandes impuestos, los pone en común y los redistribuye para garantizar que todos los ciudadanos puedan acceder a servicios públicos similares en función de su población ajustada. Es un sistema imperfecto y mejorable, pero su lógica es clara: la igualdad de derechos exige solidaridad interterritorial.

El régimen foral funciona justo al revés. País Vasco y Navarra recaudan y gestionan prácticamente todos los impuestos y solo transfieren al Estado una cantidad —el cupo o la aportación— para financiar las competencias que no tienen transferidas. No participan en los fondos de garantía, ni en los mecanismos de redistribución, ni en la corrección de desigualdades entre territorios.

El núcleo del problema está en cómo se calcula el cupo. No se basa en población ajustada, ni en comparaciones con el resto de comunidades, ni en estándares homogéneos de financiación. Se determina mediante fórmulas complejas y oscuras, porcentajes históricos desfasados y ajustes técnicos negociados bilateralmente, con escaso control parlamentario. El resultado, según la práctica totalidad de los análisis independientes, es que el cupo está infraestimado respecto a lo que aportarían estas comunidades en un sistema común.

Aquí es donde el acuerdo con ERC revela su principal contradicción. Se pretende reforzar la ordinalidad, la corresponsabilidad fiscal y la suficiencia financiera dentro del régimen común, pero sin ampliar el perímetro real de la solidaridad. El sistema se reordena internamente, pero no se corrige su mayor asimetría. El resultado es una disputa distributiva entre comunidades de régimen común, mientras una parte relevante de la capacidad fiscal del país permanece al margen del esfuerzo colectivo.

  • Reunión de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración del Estado-País Vasco, en julio de 2025. 

La consecuencia es evidente: País Vasco y Navarra disponen de más recursos públicos por habitante, mayor margen fiscal y una capacidad superior para ofrecer mejores servicios o aplicar políticas tributarias más atractivas. Todo ello dentro de la legalidad, sí, pero al margen del principio de igualdad efectiva entre ciudadanos.

Este diseño tiene efectos colaterales importantes. Comunidades infrafinanciadas del régimen común, como la Comunidad Valenciana, ven cómo cada reforma promete soluciones estructurales pero acaba consolidando un sistema en el que el suelo financiero de partida no es el mismo. La reforma pactada con ERC no rompe esta lógica; simplemente redistribuye tensiones dentro de un marco incompleto.

El argumento habitual para mantener esta situación es el blindaje constitucional de los derechos históricos. Es cierto que el régimen foral está reconocido en la Constitución. Pero que algo sea constitucional no lo convierte en intocable ni en óptimo desde el punto de vista económico o social. La propia Constitución consagra también la igualdad de derechos de todos los españoles y la cohesión territorial, principios que hoy entran en tensión con la realidad del sistema.

El debate, por tanto, no es jurídico. Es político y moral. ¿Tiene sentido impulsar reformas parciales mientras se mantiene intacta la mayor excepción del sistema? ¿Puede hablarse de financiación “justa” cuando el esfuerzo solidario no es compartido por todos? ¿Hasta cuándo se puede pedir corresponsabilidad a unas comunidades mientras otras quedan estructuralmente al margen?

Evitar este debate no lo hace desaparecer. Al contrario: lo cronifica y erosiona la legitimidad del sistema. Cualquier reforma que aspire a ser creíble deberá, antes o después, afrontar el régimen foral con datos, transparencia y sin miedo a romper consensos cómodos.

Porque mientras existan ciudadanos con derechos iguales y suelos financieros distintos, el problema de la financiación autonómica en España no será técnico. Será político. Y, sobre todo, será un problema de igualdad.

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