VALÈNCIA (EFE). El Tribunal Supremo ha reconocido a las mujeres con hijos que soliciten el subsidio por desempleo para mayores de 55 años una cotización adicional de 112 días por cada hijo, en caso de que no estuvieran trabajando en la época del nacimiento.
Según ha informado el alto tribunal en un comunicado, la sentencia con fecha de 22 de junio interpreta la ley "de manera flexible, para alinearse con la Constitución y la perspectiva de género".
De esta forma, la sala cuarta del Tribunal Supremo ha sentado una doctrina que afecta a una parte de las mujeres solicitantes del subsidio por desempleo para mayores de 55 años, "muchas veces identificado como de prejubilación".
Se trata de que si no estaban trabajando cuando alumbraron a sus descendientes, por cada uno de ellos habrá que simular que cotizaron durante 112 días.
El problema surgía porque la ley solo prevé ese beneficio ("cotización ficticia") a efectos de las pensiones contributivas de jubilación y de incapacidad permanente, pero no de desempleo.
Con esta sentencia, el Supremo revisa la naturaleza del referido subsidio, que se suele enlazar con la jubilación, y su conexión con la pensión de jubilación, dado que el tiempo de subsidio cotiza a esos efectos.
Además, ha tenido en cuenta las exigencias constitucionales que reclaman especial protección en caso de desempleo y la incidencia del precepto en las mujeres que han visto dificultado su acceso al mercado laboral.
Valencia Plaza
La madre no tiene que haber trabajado en la época del nacimiento
El Supremo compensa la cotización a madres solicitantes de subsidio por paro
- Foto: PEXELS/KAROLINA GRABOWSKA
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