VALÈNCIA (EFE). Un informe jurídico sobre el derecho a una Atención Temprana, elaborado por la Universitat de València (UV) a petición de la Asociació Valenciana d'Atenció Precoç (AVAP-CV), pone de manifiesto las "contradicciones, extralimitaciones y ausencia de normativa" que regula la Atención Temprana de la Comunitat Valenciana.
El informe, realizado por la Clínica Jurídica per la Justícia social de la UV, surge a raíz de la Instrucción 3/2022 de la Dirección General de Diversidad Funcional y Salud Mental de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, que establece el marco común de las actuaciones de intervención de Atención Temprana, dirigidas a la población de cero a seis años con trastornos en su desarrollo o en riesgo de padecerlos, informa AVAP-CV.
La asociación cuestiona que para la aprobación de esta instrucción "no se ha contado con los Centros de Atención Temprana implantados en el territorio valenciano", que ven "como un retroceso y un empeoramiento en la prestación de este servicio a la ciudadanía, además de como una injerencia en su autonomía y en la libertad profesional de sus especialistas".
AVAP-CV solicitó por ello a la Clínica Jurídica de la Universitat de València un estudio jurídico -que se presenta este jueves- de las instrucciones indicadas, con la finalidad de "clarificar los mecanismos de defensa frente a ellas que el ordenamiento jurídico les reconoce y conseguir, con el apoyo de la comunidad usuaria, un mejor servicio".
El informe, facilitado por la asociación, concluye que la Instrucción 3/2022 tiene naturaleza reglamentaria en la medida que incide directamente en terceros distintos a la Administración pública y los Centros de Atención Temprana, "excediendo los límites impuestos por el ordenamiento jurídico para este tipo de normas".
El hecho de que se adopte una instrucción con un contenido que debería reservarse, como mínimo, a una norma de rango reglamentario implica la consideración de dicha norma como "contraria a Derecho", agrega.
Advierte asimismo que en ella "se vulneran los principios de igualdad, no discriminación y universalidad", cuando establece que los nuevos solicitantes tendrán una intensidad de tratamiento inicial de una sesión semanal (ampliable excepcionalmente y previa solicitud del centro).
En la instrucción anterior, recuerda, se establecían sesiones en función de las necesidades del menor, "generando una desigualdad que afecta directamente al desarrollo personal y social de los niños y niñas que necesitan de estos servicios".
Precisa que con esta instrucción la Conselleria de Igualdad "viola en la práctica los principios la centralidad de los derechos humanos y de enfoque de infancia y discapacidad que dice asumir en su discurso oficial" y que son de obligado cumplimiento en aplicación de la Ley 3/2019 de Servicios Sociales Inclusivos.
Señala del mismo modo que "incurre en falta de motivación y arbitrariedad" en cuestiones como el cómputo de las sesiones fuera del centro, y "vulnera la libertad y la autonomía de los profesionales" implicados en la prestación de este servicio.
El informe advierte además de que el reciente Decreto 27/2023, de 10 de marzo, del Consell, "es genérico y no soluciona la falta de una regulación más exhaustiva de la Atención Temprana" e "introduce nuevas contradicciones respecto de la normativa vigente y los conciertos firmados previamente con la Generalitat".
Valencia Plaza
Un informe jurídico de la UV cuestiona la regulación del Consell de la Atención Temprana
- Foto: JUNTA DE ANDALUCÍA
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