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la profesional tuvo que ver adaptado su puesto

Una juez reconoce a una trabajadora de La Ribera el derecho a los complementos perdidos por embarazo

  •  Hospital de la Ribera. Foto: KIKE TABERNER 
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VALÈNCIA. El juzgado de lo social número 9 de València ha reconocido a una trabajadora del Hospital de La Ribera el derecho a complementos perdidos cuando la reubicaron el puesto de trabajo ante su embarazo. Así se recoge en una sentencia, donde  se explica que la trabajadora hacía un turno rodado nocturno de 12 horas de mañana-tarde y de tarde-noche de 8-20 y de 20 a 8 respectivamente.

La demandante, que está enmarcada en el personal laboral a extinguir, comunicó su embarazo y la dirección le adaptó el puesto de trabajo y fue trasladada a un puesto en el centro de Salud de Alzira. En este nuevo puesto de trabajo prestaba servicios en turno de día y no percibía complementos fijos variables. Por lo tanto, con la adaptación del puesto -tal y como denunció Comisiones Obreras (CCOO)- la demandante dejó de percibir 399,80 euros mensuales.

En este sentido, solicitó que se le abonasen los complementos no percibidos durante el cambio de situación -de nocturnidad, turnicidad y festividad- en base al plan de igualdad de Conselleria de Sanidad. Y es que la Conselleria, en su Plan de Igualdad, reconoce este derecho desde hace ya seis años, pero en este caso señalaba que no debía de aplicarlo de forma directa. 

Desde el departamento apuntaban a que debía estudiarse la cuestión y que no era un derecho directo. En este sentido, al sentencia reconoce la discriminación a la trabajadora y también que el Plan de Igualdad es de aplicación a todo el personal de la Conselleria, incluido el laboral a extinguir. 

Por este motivo, la jueza estimó la demanda, al entender que el Plan de Igualdad es de aplicación automática, por lo que no necesita una negociación accesoria para aplicarlo para ninguno de los trabajadores del departamento, independientemente de su régimen laboral.

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