València

El Tribunal Supremo avala la Zona de Actividades Logísticas (ZAL) del puerto de València

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VALÈNCIA (EFE). El Tribunal Supremo ha desestimado el último recurso contra la Asociación Ciudadana Per l'Horta contra la decisión de la Generalitat de aprobar definitivamente la Zona de Actividades Logísticas (ZAL) del puerto de València, por lo que la avala y pone fin a dos décadas de conflicto judicial y social.

En una providencia de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrivo del TS, fechada del 18 de marzo, a la que ha tenido acceso EFE, se argumenta la "falta de fundamentación suficiente" y "carencia de interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia, dado el marcado casuismo que preside las cuestiones suscitadas, vinculadas a los aspectos circunstanciados del pleito y su valoración" en la sentencia recurrida.

El recurso de casación fue presentado por la Asociación ciudadana Per l'Horta contra la sentencia de 30 de septiembre de 2025 por la Sección Primera de la Sala Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) que desestimaba el recurso previo contra la resolución de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebracion del Territorio que aprobó definitivamente el Plan Especial de la ZAL de València.

La resolución es firme e impone las costas procesales a la parte recurrente.

La asociación ciudadana lleva más de veinte años cuestionando este proyecto y denunciando la destrucción de tierras clasificadas como huerta protegida que fueron indebidamente expropiadas y urbanizadas, según su criterio.

Según recordó cuando presentó su último recurso, el precedente se remonta a julio de 1998, cuando el Gobierno valenciano del PP resolvió aprobar el Plan Especial de Ampliación del Patrimonio Público del Suelo de la Generalitat para el desarrollo de una ZAL en la zona de La Punta, que supuso la ocupación de más de 700.000 metros cuadrados de suelo de especial protección agrícola y la expulsión forzosa de casi un centenar de familias que vivían y trabajaban en esas tierras.

El planeamiento sucesivo fue dos veces anulado por sendas decisiones judiciales. La primera por sentencia del Tribunal Supremo de 17 de junio de 2009 y la segunda por el mismo TSJ en su sentencia de 13 de marzo de 2013, confirmada de nuevo por el Tribunal Supremo por sentencia de 25 de mayo de 2015, según Per l'Horta.

Pero en marzo de 2024, el TS ha modificó este criterio y afirmó ahora que la transformación física de los terrenos hace prácticamente inviable su recuperación para el uso agrícola al que aparecían destinados en el Plan General de València.

Por eso, el colectivo ciudadano preparó un nuevo recurso de casación contra la sentencia del TSJ de 30 de septiembre de 2025, que ahora ha sido desestimado.

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