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Vivienda concede 906.000 euros en ayudas a la realización del informe de evaluación de edificios

13/12/2023 - 

VALÈNCIA (EP). La Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda ha publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) la resolución de las ayudas a la realización del Informe de Evaluación de Edificios de Viviendas (IEEV.CV) para el que se destinan un total de 906.004,50 euros.

En esta convocatoria de 2023, gestionada desde la Dirección General de Vivienda, se han concedido ayudas a un total de 2.026 solicitudes, presentadas por comunidades de personas propietarias o personas propietarias únicas de edificios de viviendas de la Comunitat Valenciana, que han presentado el informe IEEV.CV según establecido por Vivienda.

Esta concesión comprende el otorgamiento de la subvención básica para todas aquellas solicitudes correspondientes a edificios con una antigüedad superior a 50 años y que han cumplido con los requisitos y documentación exigida.

También comprende una subvención adicional para aquellos que han obtenido una valoración regulada siguiendo los criterios y prioridades estipulados en la base quinta de la citada orden: número de viviendas del edificio; en función de la calidad constructiva según la categoría catastral predominante del edificio; si el edificio se encuentra dentro del área calificada por el Visor de Espacios Urbanos Sensibles el día de la presentación de la solicitud; y en función del tipo de calificación de la promoción original de construcción del edificio.

Por provincias, Castellón registra un total de 394 peticiones concedidas, que equivale a un 19,4 % del total de peticiones; Alicante con 423 otorgadas, representa cerca del 21 %; y Valencia con 1.209 solicitudes aprobadas, obtiene más del 59 % del total de las solicitudes concedidas en la Comunitat Valenciana.

El informe de evaluación de edificios de viviendas (IEEV.CV) tiene una validez de 10 años y es elaborado por un profesional titulado en arquitectura o arquitectura técnica. Además, la realización de este informe resulta obligatorio para aquellos edificios de uso residencial vivienda de antigüedad superior a 50 años y para todos los edificios de uso residencial que pretendan acogerse a ayudas públicas para acometer obras de conservación, accesibilidad universal o eficiencia energética.

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