VALÈNCIA. Una reciente sentencia del caso Emarsa ha despertado un especial interés entre los investigados de otra causa de supuesta corrupción que nada tiene que ver, aparentemente, con la primera: Taula. El motivo resulta de relevancia, puesto que abre una nueva vía de defensa, o al menos así se interpreta, en el conocido como 'pitufeo' en el grupo del PP del Ayuntamiento de València.
La importancia reside en la argumentación de la resolución, dictada por el Tribunal Supremo y publicada por Valencia Plaza. Ésta se refiere a una de las piezas separadas de Emarsa, causa en la que se dio por probado el desvío de 23,5 millones de euros de dinero público de la empresa que gestionaba la depuradora de Pinedo. Una de las patas era la relacionada con el blanqueo de capitales. Esa parte de la investigación acabó en la Audiencia Nacional, que en 2019 condenó a un año de prisión al empresario Vicente Gil y a sus hijos Vicente y Yolanda por blanquear dinero de las mordidas de Emarsa; y a seis meses al considerado como cerebro de la trama, Jorge Ignacio Roca Samper.
Las defensas de los tres primeros interpusieron entonces recurso de casación ante el Supremo, que se ha pronunciado ahora para admitirlo en contra del criterio de la Fiscalía y absolverlos. Los magistrados basan su decisión en que no queda probado que todos ellos tuvieran conocimiento de la actividad delictiva previa de Roca Samper, un elemento sustancial para una condena penal de este tipo. No se puede determinar, indican, "la certeza y/o convicción absoluta" de que supieran que con las cantidades que entregaban al considerado cerebro de la trama "cooperaban y ayudaban en una operación de blanqueo del dinero que se obtenía del caso Emarsa". "Esto último no consta en modo alguno. Ni de los hechos probados, ni de la prueba practicada", remarcan.
La circunstancia de que recibieran en sus cuentas dinero procedente de Roca Samper, expone la sentencia, no es en sí mismo un delito de blanqueo de capitales (con independencia de su irregularidad en otros planos), "ya que este se integra en una actividad colaborativa de los implicados en estas operaciones en una mecánica tendente a realizar la conducta descrita en el tipo penal". Así, inciden en que este delito no es "de sospecha" y que "falta el enlace preciso y absolutamente necesario del conocimiento de que con ese operativo se ayudaba y colaboraba en el blanqueo de capitales con la actividad delictiva previa en la relación con Emarsa".
El razonamiento del Supremo es analizado con atención por parte de los investigados en la 'pieza A' del caso Taula, –la del llamado 'pitufeo'–, puesto que trae consigo el interrogante de si podría llegar también a aplicarse para ellos. Esta parte de la investigación ha sido la más mediática de la macrocausa por sus protagonistas: 50 imputados –entre ellos nueve de los diez concejales del PP de la pasada legislatura–, asesores y la secretaria del grupo municipal, Mari Carmen García Fuster. De acuerdo con el juez y la Fiscalía, todos ellos habrían realizado una aportación de mil euros para la campaña electoral de 2015 que después se les habría devuelto en dos billetes de 500. En total, un supuesto blanqueo de 50.000 euros.
La Guardia Civil comprobó cómo una parte importante de los gastos eran pagados a través de una cuenta diferente bajo la titularidad del grupo municipal, pero fuera del control de cualquier órgano fiscalizador (puesto que la ley impide abrir una cuenta al margen del partido). En la conocida como 'cuenta opaca' se habría ingresado el dinero que recogía el supuesto recaudador del PP y que se sospecha que se trataba de Alfonso Grau. Y a ella también fueron a parar las donaciones de los ediles y asesores.
Las indagaciones se ampliaron posteriormente a un supuesto delito electoral para los comicios de 2007 y 2011, donde se habría recurrido a otras mecánicas para la financiación con dinero opaco o ilícito y en las que también se apunta a Grau.
Esta pieza cuenta con cuatro testigos –exasesores– que aseguraron en sede judicial que se negaron a participar en la operativa pese a que se les pidió la aportación del dinero desde el grupo popular. Testimonios que han resultado clave para los investigadores.
La cuestión es si la instrucción está lo suficientemente apuntalada en el sentido fijado por el Supremo con Emarsa. Según ese criterio, habría de quedar probado que los 50 imputados tuvieron ese conocimiento previo de que cooperaban y ayudaban en una operación de blanqueo del dinero. Ello unido a que tendría que demostrarse un origen ilícito de las cantidades.
Si el reciente pronunciamiento del alto tribunal consta en alguno de los próximos escritos de defensa habrá que esperar para comprobarlo durante los próximos meses. La jueza sustituta de Instrucción 18 dio el pasado enero por finalizada la instrucción de esta pieza, que realmente ya llevaba varios años acabada. Ahora, tendrá que dar el siguiente paso: o archivo de la causa o auto de procesamiento para los investigados. La vuelta del verano podría ser un buen momento para dar, por fin, el acelerón.