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El estado ve inconstitucional la norma valenciana

El Gobierno cuestiona 23 de los 37 artículos de la ley antidesahucios del Consell

5/10/2017 - 

VALÈNCIA. El primer encuentro entre el Consell y el Gobierno para abordar la ley antidesahucios de la Comunitat augura un importante recorte o la judicialización de la norma valenciana. Según informó este jueves la directora general de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración Urbana, Rebeca Torró, el Ejecutivo cuestiona "23 de los 37 artículos que contempla la ley".

La dirigente criticó con dureza la postura de Madrid tras participar en la Comisión Bilateral entre la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio y el Gobierno de España, un foro que tiene el propósito de alcanzar un acuerdo sobre la norma y evitar así el recurso de inconstitucionalidad que se plantea el Ejecutivo.

"Es inaceptable que el Gobierno de España imposibilite hacer efectivo el derecho a la vivienda en la Comunitat al vaciar de contenido hasta el extremo las medidas contempladas en la Ley por la Función Social de la Vivienda. Se ataca directamente a las medidas que permiten garantizar este derecho", considera la dirigente.

Torró lamenta que "solo deja la puerta abierta a reconocer el derecho subjetivo en la Comunitat pero mantiene su intención de recurrir todos los artículos que lo pueden hacer efectivo, algo que demuestra su absoluto cinismo". El ministerio de Fomento, competente estatal en materia de vivienda, prefirió no pronunciarse al respecto.

La Ley por la Función Social de la Vivienda, impulsada por el Gobierno valenciano, fue la primera del Govern del Botànic aprobada en Les Corts -con el voto a favor de todos los grupos parlamentarios excepto el PP-. En la práctica -entre otros aspectos- esta ley permite a los afectados por un lanzamiento hipotecario que cumplan una serie de requisitos pedir a la Generalitat que interceda por ellos para evitar que los saquen de sus casas.

De este modo, en caso de que la vivienda también encaje en los parámetros definidos por el Consell para tipificarla como vivienda vacía, la ley obliga al propietario a formalizar un contrato de arrendamiento con opción de compra en favor del deudor hipotecario que se encuentre en situación de emergencia habitacional.

Conviene recordar en este sentido que el TC ya estimó parte del recurso del Gobierno contra el Decreto Ley andaluz antidesahucios -un texto similar al valenciano- al considerar que invadía las competencias estatales en materia de "coordinación de la planificación general de la actividad económica". Lo hizo en una sentencia dictada el 14 de mayo 2015, en la que consideraba que la mencionada norma constituía "un obstáculo significativo para la eficacia de la medida de política económica que el Estado disciplina en la Ley 1/2013".

Lo ocurrido con el decreto de la Junta de Andalucía fue precisamente uno de los argumentos esgrimidos por el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat, que -como reveló Valencia Plaza- emitió un duro informe contra la ley valenciana, ideada para obligar a la banca y a otros grandes propietarios de viviendas vacías a poner los inmuebles a la disposición de los ciudadanos.


La fórmula elegida por el Consell para que la propiedad ceda sus pisos fue la expropiación del usufructo, la misma que se utilizó en Andalucía y que acabó recurrida por el TC. Las discrepancias del Jurídic, plasmadas en su informe como "observaciones de carácter esencial", advertían de que no se puede imponer a los propietarios que sus viviendas estén ocupadas y ni "obligar" a la banca a que alquile los inmuebles ejecutados a los afectados por el desahucio, todo a pesar de que impago se hubiera producido por "circunstancias de emergencia social", tal y como argumenta la ley.

El ejecutivo autonómico, sin embargo, optó por ignorar las advertencias del organismo con el argumento de que las medidas contempladas en los artículos 12 y 13 dejan bien claro que la nueva legislación autonómica no entrará en vigor mientras rija la Ley de Segunda Oportunidad de mayo de 2017 -una norma estatal con la que chocaría la valenciana-. Pero las discrepancias que plantea ahora el Gobierno de España van todavía más allá de esos dos artículos.

Más restrictivo que el CJC

En este sentido, Torró criticó que la "posición del Gobierno de España no solo está siendo más dura en la Comunitat Valenciana sino que incluso también va más allá y es mucho más restrictiva respecto a las observaciones esenciales que realizó el Consell Jurídic Consultiu y que el gobierno valenciano incorporó a la ley".

Para la dirigente, "la posición rígida" del Ejecutivo "condiciona los pilares básicos y fundamentales de la ley que tiene como objetivo garantizar el derecho a la vivienda a las personas que más lo necesitan con medidas para movilizar las más de 500.000 viviendas vacías que hay en la Comunitat".

"El Gobierno de España se pone una vez más al lado de los bancos y deja sin derechos a las personas que más lo necesitan" apuntó la dirigente, que agregó que "el Gobierno valenciano no puede aceptar estos planteamientos porque limitan la autonomía de la Generalitat para dar soluciones a la grave situación que viven muchos valencianos y lo hacemos como han hecho muchas comunidades autónomas siendo valientes y legislando en una materia que el Gobierno central tiene abandonada". 

'No' a aspectos aceptados en otras autonomías

Según el Consell, la administración estatal considera inconstitucionales aspectos como la función social de la vivienda por encontrarse deshabitada o la creación del registro de viviendas deshabitadas porque consideran que afectan al derecho de la propiedad privada, cuando, por ejemplo, en otras autonomías como el País Vasco o en Aragón, que han impulsado leyes similares, no se han cuestionado estos aspectos.

El Gobierno central también ha puesto reparos a que el Gobierno valenciano "pueda garantizar la continuidad de las personas afectadas por una ejecución hipotecaria en sus viviendas habituales y únicas que sean propiedad de 'grandes tenedores', porque conlleva como último recurso la expropiación del usufructo temporal con un máximo de 3 años". Ponen en duda también las sanciones a los bancos, el concepto de 'grandes tenedores' o la posibilidad de establecer actuaciones de inspección, según la conselleria.

Por último, Torró apuntó que, tras siete meses con la ley en vigor, "se ha avanzado mucho y se está ayudando a mucha gente". "Se han asesorado a todos los ciudadanos que han formulado las más de 1.669 consultas que han llegado, se ha mediado en 43 casos de desahucio y se han dado diferentes soluciones habitacionales a 554 familias a través de ayudas al alquiler o viviendas sociales", aseguró la directora general.

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