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ubicado en el número 76

Grupo Siso también quiere 'expropiar' y edificar un solar de la calle San Vicente

1/07/2017 - 

VALÈNCIA. La Sociedad Impulsora de Solares Ociosos, conocida como Grupo Siso, también quiere 'expropiar' y edificar un solar de la calle San Vicente Mártir que lleva varios años parado. Se trata del inmueble ubicado en el número 76, una estrecha parcela pero situada en un céntrico enclave de la ciudad.

Así se desprende del preceptivo anuncio publicado por la empresa en el Diari Oficial de la Generalitat, con el que la mercantil ha iniciado el procedimiento "para la declaración del incumplimiento del deber de edificar" por parte del propietario del solar. La sociedad también ha recurrido a este procedimiento con solares de las calles Ruzafa, Cádiz, Jesús y Guillem de Castro, así como con otros dos ubicados en las playas de Calp y Dénia.

Como viene informando este diario, el procedimiento al que se acoge el Grupo Siso es totalmente legal, si bien hasta ahora no se había llevado a la práctica en la ciudad de València a instancias de una empresa privada. La Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (Lotup) impulsada en 2014 incorporó esta peculiar herramienta para "la declaración del incumplimiento del deber de edificar o rehabilitar" transcurridos 6 años sin que los dueños desarrollen sus inmuebles.

La medida se introdujo con el doble objetivo de evitar la compraventa especulativa -la retención de solares de los núcleos urbanos hasta una eventual subida de precios- y, en consecuencia, para evitar también el encarecimiento de los activos provocado por esta oferta cautiva. Según recoge la norma, la mencionada declaración de incumplimiento "podrá iniciarse a instancias de particular ante la administración actuante, que deberá reunir los requisitos sustantivos y documentales". 

El modus operandi de Grupo Siso consiste precisamente en esto, en seleccionar solares parados de su interés e instar a la administración local a que declare -tras el preceptivo plazo de exposición al público- el incumplimiento del deber de edificar por parte de los propietarios. En caso de lograr tal declaración, el ayuntamiento autorizaría un "procedimiento de ejecución sustitutiva", que consiste en inscribir el solar en su registro municipal de 'solares y edificios a rehabilitar' y proceder a su expropiación. Los gastos corren a cargo de la empresa que finalmente desarrolla el solar.

En el caso del de la calle San Vicente, se trata de un solar ubicado "en el ámbito del plan especial de protección de Ciutat Vella" que además es "colindante a diversos edificios catalogados con diversos grados de protección", según Grupo Siso.

"Por Resolución de Alcaldía U-6994, de 15 de noviembre de 2000, se requirió al propietario para que solicitara licencia en el plazo de un año. En 2003 se concedió licencia de obras, si bien esta fue declarada caducada por resolución de Alcaldía U-859 de 29 de abril de 2010. En fecha 14 de julio de 2016 se dispuso iniciar los trámites tendentes a declarar el incumplimiento de la obligación de edificar. Transcurridos seis meses desde el inicio del expediente de declaración de incumplimiento por parte del Ayuntamiento, este deviene caducado según establece la legislación de procedimiento administrativo", detalla la mercantil.

En consecuencia, Grupo Siso considera que "procede el incumplimiento por el transcurso del tiempo máximo y dado que el solar de ubica en una de las zonas prioritarias declaradas por el Ayuntamiento de Valencia".

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