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el recurso interpuesto fue atendido por el tsjcv y los "posibles afectados" deberán comparecer en calidad de demandados

Los pedagogos denuncian tener apenas "presencia testimonial" en servicios sociales de la Generalitat 

Foto: KIKE TABERNER
13/06/2022 - 

VALÈNCIA. El Colegio Oficial de Pedagogos y Psicopedagogos de la Comunidad Valenciana interpuso un recurso contra el Decreto 188/2021, de 26 de noviembre, del Consell, de modificación del Decreto 181/2017, de 17 de noviembre, del Consell, por el que se desarrolla la acción concertada para la prestación de servicios sociales en el ámbito de la Comunitat Valenciana por entidades de iniciativa social. El motivo del mismo, según su presidente, Enrique Castillejo, contó a Valencia Plaza, es la "presencia testimonial" a la que se relega a los profesionales de este campo con respecto al trabajo a realizar en materia social.

Tal y como afirman desde el Colegio, a los graduados y licenciados en Pedagogía "se les está eliminando completamente" de la parrilla de profesionales desplegables para los protocolos que regula el decreto. Pese a todo, el presidente señaló que existe un certificado de la Facultad de Psicología que avala que sí gozan de la cualificación necesaria para el ejercicio de dichas funciones.

Por el momento, solo disponen de dos papeles "residuales" y se quejan de no estar tampoco representados en el comité ético que regula lo dispuesto en base a la norma. "Se va a ir mucha gente a la calle, es una caza y captura", declaró Castillejo ante la poca presencia de estos profesionales en prestación pública y concertada de servicios sociales. Desde el Colegio han tenido poco contacto con las instituciones y alertan, además, de haber recibido "caso omiso" por parte de los apoyos políticos. 

En base a lo publicado en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana del pasado martes 7 de junio, tras la revisión y dictamen de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana "los posibles interesados que pudiesen resultar afectados" por el recurso interpuesto deberán de comparecer en calidad de demandados en un plazo de 9 días desde la publicación oficial "si a su derecho conviene".

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